El jurado declara no culpable a la enfermera de Corral de Almaguer

El tribunal popular considera que no incurrió en omisión de socorro tras la parada cardiorrespiratoria sufrida por el joven en el polideportivo de Corral de Almaguer (Toledo) en 2018.

La Fiscalía no acusó y la familia ejerció la acusación particular, que pedía multa e inhabilitación. El veredicto se conoció tras dos jornadas de juicio en la Audiencia Provincial de Toledo.

El médico y la enfermera a los que se juzga en la Audiencia provincial de Toledo por un delito de omisión del deber de socorro a un joven de 21 años que se desmayó mientras jugaba un partido de fútbol en Corral de Almaguer (Toledo) en enero de 2018 y que falleció al día siguiente - EFE/Ismael Herrero
El médico y la enfermera a los que se juzga en la Audiencia provincial de Toledo por un delito de omisión del deber de socorro a un joven de 21 años que se desmayó mientras jugaba un partido de fútbol en Corral de Almaguer (Toledo) en enero de 2018 y que falleció al día siguiente - EFE/Ismael Herrero

El jurado popular ha declarado este viernes no culpable a V.M.F., la enfermera acusada de un delito de omisión de socorro por el fallecimiento de C.P.M., de 21 años, ocurrido el 26 de enero de 2018 en el polideportivo municipal de Corral de Almaguer (Toledo), tras sufrir una parada cardiorrespiratoria mientras disputaba un partido de fútbol.

El veredicto se ha hecho público sobre las 17.50 horas en la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Toledo, tras dos jornadas de vista oral que comenzaron el miércoles. Los cuatro hombres y cinco mujeres que han integrado el tribunal han concluido que la acusada no incurrió en responsabilidad penal.

Según ha leído la portavoz del jurado, los miembros del tribunal consideran probado que la enfermera se percató de la gravedad del joven en torno a las 20.18 horas y que apenas dos minutos después ya se personó en el lugar el dispositivo movilizado por el 112. “Consideramos que ella hubiera tardado, después de enterarse, mucho más tiempo en preparar un equipo que no estaba preparado” para salir desde el centro de salud, recoge el acta.

La portavoz también se dirigió a la familia del fallecido para trasladarles que sienten “muchísimo” lo ocurrido, tras lo cual el magistrado-presidente dio por concluido el juicio, quedando pendiente la redacción de la sentencia absolutoria.

Un primer veredicto devuelto por contradicción

Pasadas las 17.00 horas, el jurado había emitido un primer veredicto que fue devuelto por el magistrado al apreciar “una contradicción” entre los hechos declarados probados y la conclusión final.

En concreto, el acta recogía la declaración de no culpabilidad, pero al mismo tiempo daba por acreditados “hechos desfavorables que podrían constituir el delito”. El presidente de la Sala devolvió el documento “intentando que exista algún tipo de corrección para que pueda ser coherente el veredicto”, tras lo cual el jurado deliberó de nuevo hasta emitir el fallo definitivo.

Los hechos juzgados: caída en el pabellón y llamadas al 112

Los hechos se remontan al 26 de enero de 2018, cuando C.P.M., de 21 años, se encontraba jugando un partido de fútbol en el polideportivo de Corral de Almaguer (Toledo). Sobre las 19.55 horas cayó desplomado al suelo, inconsciente y con una brecha en la cabeza.

Desde las instalaciones deportivas se llamó al Servicio de Emergencias 112. En el centro de salud de la localidad se encontraban la enfermera acusada y un médico. Según la versión trasladada durante la investigación, ambos alegaron que no podían acudir porque el otro equipo médico había salido a atender a un paciente en Lillo y no disponían de transporte sanitario, si bien desde el pabellón se les ofreció en dos ocasiones trasladarlos en un vehículo particular.

Tras una nueva llamada, se informó de que ya había salido una ambulancia desde Quintanar de la Orden, que llegó al pabellón a las 20.26 horas, cuando el joven se encontraba en asistolia. Fue evacuado al Hospital Virgen de la Salud de Toledo, donde falleció al día siguiente.

Dos jornadas de juicio marcadas por las declaraciones

El juicio, que comenzó el miércoles, estuvo marcado por la declaración de la enfermera, quien sostuvo que en ningún momento fue consciente de que se tratara de una urgencia vital hasta que recibió la información definitiva.

Según su testimonio, durante la primera llamada no se le trasladó que el joven estuviera en parada cardiorrespiratoria, sino que se trataba de un jugador que había sufrido una caída y presentaba una brecha en la cabeza. Afirmó que, de haber sabido que se encontraba ante una situación crítica, habría actuado de inmediato, pero que el centro no contaba en ese momento con un equipo preparado para salir sin el otro facultativo ni con transporte sanitario disponible.

La defensa insistió en que la acusada actuó conforme a la información que recibió y que el dispositivo de emergencias ya había sido activado, mientras que la acusación particular —ejercida por la familia del joven— mantuvo que existió una omisión de auxilio al no desplazarse al pabellón pese a las llamadas recibidas y al ofrecimiento de traslado en vehículo particular.

Durante la segunda jornada se confirmó que la acusación particular retiraba los cargos contra el médico inicialmente investigado, al considerar finalmente a la enfermera “autora individual y única” de los hechos. La Fiscalía, por su parte, decidió no formular acusación.

La acusación particular solicitaba para la enfermera una multa de 12 meses a razón de 24 euros diarios, así como una pena accesoria de inhabilitación y la correspondiente indemnización a los herederos del fallecido.

Con el veredicto de no culpabilidad, el proceso queda pendiente únicamente de la sentencia que formalice la absolución.

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