CCOO recuerda: estar de baja no impide viajar, pero hay condiciones

La normativa española no prohíbe viajar durante una baja médica. El criterio determinante, consolidado por el Tribunal Supremo, es que el desplazamiento no perjudique la recuperación ni evidencie que el trabajador puede desempeñar su puesto.

Comisiones Obreras (CCOO) de Castilla-La Mancha ha recordado este sábado, en pleno período de máxima actividad vacacional, que la incapacidad temporal no equivale a una reclusión domiciliaria, aunque advierte de que viajar sin las condiciones adecuadas puede derivar en despido disciplinario o en la suspensión de la prestación por la Seguridad Social.

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CCOO recuerda: estar de baja no impide viajar, pero hay condiciones

Comisiones Obreras de Castilla-La Mancha recordó este sábado que los trabajadores en situación de incapacidad temporal (IT) pueden viajar durante su baja médica siempre que el desplazamiento sea compatible con su patología y no retrase la curación. El sindicato difundió un comunicado aprovechando el ecuador del éxodo vacacional de agosto para aclarar una duda recurrente entre la población trabajadora.

La jurisprudencia española ha abandonado una interpretación restrictiva de la norma para abrazar un enfoque más matizado. El criterio actual, fijado por el Tribunal Supremo y asumido por los Tribunales Superiores de Justicia, es que no toda actividad lúdica o desplazamiento durante una baja resulta sancionable.

Según CCOO, para que un viaje pueda derivar en despido o sanción deben concurrir alguna de estas dos circunstancias: que la actividad o el esfuerzo realizado durante el desplazamiento ponga en evidencia que el trabajador es capaz de desempeñar las tareas habituales de su puesto, o que el viaje sea contraproducente para su recuperación.

La patología, factor clave

El sindicato subraya que la licitud del viaje depende en gran medida del tipo de dolencia. Si la baja es por depresión o ansiedad, un desplazamiento puede ser incluso recomendado médicamente como parte del tratamiento. En cambio, si la causa es traumatológica —fracturas o lumbalgias, por ejemplo—, los trayectos largos o las actividades físicas durante el viaje suelen considerarse motivo de despido procedente.

Para acreditar que el viaje no perjudica la recuperación, CCOO señala que es imprescindible contar con un informe o autorización formal del médico responsable del tratamiento. El sindicato también aconseja revisar el convenio colectivo aplicable, ya que algunos exigen comunicar las ausencias o solicitar volantes previos para no perder complementos salariales. En cualquier caso, las citaciones médicas mantienen carácter obligatorio y deben atenderse con independencia del desplazamiento.

Consecuencias de incumplir las condiciones

Las consecuencias de viajar en situación de baja de forma incompatible con la patología pueden ser de distinta gravedad. El trabajador se expone a perder los complementos salariales que mejoran la prestación básica de la Seguridad Social, a enfrentarse a un despido disciplinario por parte de la empresa, e incluso a que el propio organismo público suspenda el subsidio si comprueba que el beneficiario realiza actividades que perjudican su salud o que demuestran su aptitud para trabajar.

CCOO lanzó su aviso en un momento en que millones de trabajadores españoles se encuentran de vacaciones o en plena rotación de turnos estivales, y cuando los viajes en período de baja constituyen una casuística habitual que con frecuencia genera dudas o conflictos laborales. La recomendación del sindicato es clara: consultar siempre con el médico antes de viajar y dejar constancia documental de su autorización.

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