Castilla-La Mancha permite el pago de tasas y tributos con Bizum
La Junta actualiza su Sistema Único de Pago Electrónico e incorpora Bizum como nuevo medio para abonar tasas y tributos autonómicos.
La resolución, publicada este martes en el DOCM, amplía los documentos que pueden pagarse por vía telemática y refuerza los controles de seguridad.
El Gobierno de Castilla-La Mancha ha aprobado una nueva resolución que moderniza el Sistema Único de Pago Electrónico de la Junta de Comunidades, incorporando el sistema Bizum como forma de abono de tasas y tributos autonómicos y ampliando el catálogo de documentos que podrán pagarse por vía telemática y presencial en oficinas administrativas. La medida ha sido publicada este martes en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) y adapta la normativa vigente, en vigor desde 2016, a la evolución tecnológica y social.
La resolución, impulsada por la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital y firmada por la Dirección General de Tributos y Ordenación del Juego, actualiza la regulación que hasta ahora contemplaba el pago electrónico únicamente mediante tarjeta de crédito o débito. El objetivo es facilitar a la ciudadanía el cumplimiento de sus obligaciones económicas con la Administración regional de una forma más ágil, cómoda y segura.
Con esta modificación normativa, la Junta amplía las posibilidades de pago tanto en la pasarela electrónica como en las oficinas físicas habilitadas, permitiendo el uso de Bizum y eliminando limitaciones que existían sobre determinados modelos de documentos.
Más medios de pago y menos limitaciones
Entre las principales novedades destaca la incorporación del sistema Bizum como medio de pago en la pasarela electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y también en las oficinas administrativas. Además, se autoriza la instalación de nuevos terminales físicos en órganos, unidades o centros administrativos para facilitar estas operaciones.
La resolución elimina asimismo las restricciones existentes hasta ahora sobre determinados modelos de documentos, de manera que podrán abonarse por esta vía todos aquellos que se recauden por cualquiera de los órganos de la Administración general, sus organismos, entidades dependientes, unidades y centros administrativos.
Según recoge el texto normativo, los pagos podrán realizarse a través de:
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El Terminal de Punto de Venta Virtual de carácter general (TPV-CG) desde la sede electrónica.
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Los terminales Punto de Venta conectados a ordenador (TPV-PC) en oficinas administrativas.
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Tarjeta bancaria admitida por la entidad prestadora del servicio, opción que hasta ahora estaba limitada a pagos muy concretos.
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El sistema Bizum, una vez habilitado.
Estas modalidades se suman a las ya existentes: pago en entidad colaboradora (presencial o electrónico), giro postal y transferencia bancaria.
El importe máximo que podrá abonarse mediante estos medios electrónicos será de 3.000 euros por documento, debiendo realizarse el pago por la totalidad de la cuantía a ingresar, salvo en aquellos supuestos en los que el Sistema Único de Pago Electrónico tenga habilitado un abono inferior.
Funcionamiento del pago electrónico
La resolución también detalla el procedimiento para realizar el pago electrónico. En el caso del abono a través del Portal Tributario, la persona interesada deberá generar previamente su autoliquidación o acceder a su documento de pago mediante el Portal Tributario de la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital.
Tras las comprobaciones automáticas del sistema y si estas resultan correctas, el usuario será redirigido a la pasarela de pago segura o Sistema Único de Pago Electrónico para completar la operación mediante tarjeta o Bizum.
Una vez efectuado el abono, la entidad prestadora del servicio confirmará la operación y el sistema emitirá automáticamente un justificante que incluirá el Número de Referencia de Operación (NRO). En caso de rechazo, el sistema mostrará en pantalla la descripción del error correspondiente.
En los pagos presenciales en oficinas administrativas también se habilitan ambas vías. Si el pago se realiza con tarjeta a través del TPV-PC, deberá coincidir la identidad de la persona ordenante con la persona titular de la tarjeta. En el caso de abono mediante Bizum, será necesario disponer en ese momento de un número de teléfono móvil asociado al servicio.
Refuerzo del control y la seguridad
La resolución publicada en el DOCM regula además el contenido obligatorio de los justificantes de pago, el procedimiento de ingreso de las cantidades en la Tesorería regional, la gestión y control de los terminales instalados en las oficinas y la habilitación y supervisión del personal autorizado.
Asimismo, se refuerzan las medidas de control y seguridad en el uso de estos sistemas para garantizar la correcta gestión de los fondos públicos, consolidando un modelo de administración electrónica más accesible y adaptado a los nuevos hábitos de pago de la ciudadanía.