El nuevo calendario escolar de Castilla-La Mancha fija el inicio el 8 de septiembre
La Consejería de Educación, Cultura y Deportes de Castilla-La Mancha ha publicado este miércoles en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) el calendario escolar para el curso 2026/2027. Las clases de segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Especial y Educación Secundaria Obligatoria (ESO) comenzarán el 8 de septiembre de 2026 y concluirán el 22 de junio de 2027.
La orden, firmada el 26 de mayo por el consejero de Educación, Cultura y Deportes, Amador Pastor Noheda, fija también las vacaciones de Navidad del 23 de diciembre al 8 de enero, la Semana Santa del 22 al 29 de marzo y dos días de libre disposición el 8 y 9 de febrero, además del Día de la Enseñanza el 20 de noviembre.
La Consejería de Educación, Cultura y Deportes de Castilla-La Mancha aprobó el pasado 26 de mayo la Orden 79/2026, publicada este miércoles en el DOCM, por la que se establece el calendario escolar para el curso 2026/2027 en todos los centros de enseñanza no universitaria de la región. El documento fija el inicio de las actividades lectivas el 8 de septiembre de 2026 para la mayoría de las etapas educativas y marca el 22 de junio de 2027 como fecha de cierre del curso para Infantil, Primaria, Secundaria, Bachillerato y Formación Profesional, entre otras enseñanzas.
El curso académico formal, a efectos administrativos, se extenderá del 1 de septiembre de 2026 al 31 de agosto de 2027. Para el profesorado, las actividades lectivas y las derivadas de la programación didáctica y general anual se desarrollarán entre el 1 de septiembre de 2026 y el 30 de junio de 2027, de acuerdo con lo establecido en la normativa vigente.
Vacaciones y días no lectivos
La orden fija con precisión los periodos de descanso escolar para el próximo curso. Las vacaciones de Navidad se extenderán desde el 23 de diciembre de 2026 hasta el 8 de enero de 2027, ambos inclusive. El descanso de Semana Santa abarcará del 22 al 29 de marzo de 2027, también inclusive en ambos extremos.
El 20 de noviembre de 2026 quedará reservado para el Día de la Enseñanza. Asimismo, la orden designa el 7 de diciembre de 2026 y el 28 de mayo de 2027 como días no lectivos de carácter general, y establece el 8 y el 9 de febrero de 2027 como días de descanso lectivo de libre disposición, siempre que se garantice el mínimo de 175 días lectivos exigido por la Ley Orgánica de Educación. Este último apartado no será de aplicación en las escuelas infantiles autonómicas.
Los centros de Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Especial tendrán además la posibilidad de aplicar jornada única durante los meses de septiembre y junio.
Escuelas infantiles autonómicas, con calendario propio
Las escuelas infantiles autonómicas seguirán un calendario diferenciado. Comenzarán el 8 de septiembre de 2026 y extenderán su actividad hasta el 23 de julio de 2027, con el profesorado en activo desde el 1 de septiembre hasta el 31 de julio de 2027. Su regulación específica quedará en manos de la Viceconsejería de Educación, Universidades e Investigación, que dictará las instrucciones correspondientes.
Formación Profesional y Bachillerato
Los Ciclos Formativos de Grado Básico, los Programas Específicos de Formación Profesional y el Bachillerato compartirán con las etapas obligatorias el mismo marco temporal: inicio el 8 de septiembre de 2026 y fin el 22 de junio de 2027. Se establece una excepción para el segundo curso de Bachillerato, cuya fecha de finalización quedará supeditada al calendario de las pruebas de acceso a la universidad. En estas enseñanzas, la convocatoria extraordinaria se computará como días lectivos, pero no así las sesiones de evaluación extraordinaria.
Los Ciclos Formativos de Grado Medio y Grado Superior, las Enseñanzas Profesionales de Artes Plásticas y Diseño, y las Enseñanzas Deportivas de Régimen Especial también comenzarán el 8 de septiembre y finalizarán el 22 de junio de 2027. Por su parte, los cursos de Especialización de Formación Profesional arrancarán algo más tarde, el 28 de septiembre de 2026, para concluir igualmente el 22 de junio de 2027.
Las enseñanzas de Formación Profesional en modalidad virtual tendrán un inicio aún más tardío: el 13 de octubre de 2026, con la misma fecha de cierre, el 22 de junio de 2027. La Educación de Personas Adultas seguirá el calendario general, del 8 de septiembre al 22 de junio.
Música, Danza, Idiomas y Enseñanzas Artísticas
Las Enseñanzas Elementales y Profesionales de Música y de Danza comenzarán el 8 de septiembre de 2026 y finalizarán algo antes que el resto, el 11 de junio de 2027, con un máximo de 160 días lectivos. Las Enseñanzas Artísticas Superiores compartirán la fecha de inicio pero cerrarán el 22 de junio de 2027, incluyendo en ese cómputo los días dedicados a pruebas extraordinarias.
Las Enseñanzas de Idiomas de Régimen Especial arrancarán el 23 de septiembre de 2026 y concluirán el 22 de junio de 2027. Su cómputo de días lectivos incluirá tanto las pruebas de certificación como las de aprovechamiento, conforme al Decreto 89/2018 que regula estas enseñanzas en la región.
Calendarios provinciales, antes del 30 de junio
La orden encomienda a las cinco Delegaciones Provinciales de la Consejería de Educación —Toledo, Albacete, Ciudad Real, Cuenca y Guadalajara— la elaboración y aprobación de sus respectivos calendarios escolares provinciales antes del 30 de junio de 2026. Para ello, deberán consultar a los representantes del profesorado, así como a las Federaciones y Confederaciones de Asociaciones de Madres y Padres del alumnado.
Los ayuntamientos podrán solicitar a la delegación provincial correspondiente, antes del 30 de noviembre de 2026, que se declaren días no lectivos en fechas distintas a las fiestas locales cuando estas coincidan con periodos no lectivos del calendario escolar. Cualquier solicitud posterior a esa fecha requerirá la autorización expresa de la Dirección General de Innovación Educativa y Centros, además de un informe favorable del Consejo Escolar de Localidad o de la mayoría simple de los consejos escolares de los centros de la localidad. En ningún caso, las adaptaciones del calendario podrán reducir el número total de días lectivos establecidos para cada enseñanza.
La presente orden deroga la Orden 87/2025, de 4 de junio, que regulaba el calendario escolar del curso 2025/2026, y entró en vigor el día siguiente a su publicación en el DOCM, este mismo miércoles 4 de junio de 2026.