46 años y prisión permanente por el triple crimen de Chiloeches
La Audiencia Provincial de Guadalajara condena al autor material del asesinato de un matrimonio y su hija en Chiloeches a prisión permanente revisable y más de 46 años de cárcel.
El Tribunal del Jurado también impone penas de prisión a otros dos acusados por su participación en el robo que desencadenó el brutal crimen ocurrido en abril de 2024.
La Audiencia Provincial de Guadalajara ha condenado a F.P.S., principal acusado del triple crimen de Chiloeches (Guadalajara), a prisión permanente revisable y a un total de 46 años de cárcel por el asesinato de un matrimonio y su hija ocurrido en abril de 2024 en su vivienda situada en una urbanización de esta localidad guadalajareña. La sentencia, dictada tras el veredicto del Tribunal del Jurado, considera probado que el acusado cometió tres delitos de asesinato con alevosía, siendo el tercero —el de la joven— hiperagravado conforme al artículo 140.2 del Código Penal.
Los hechos se produjeron en abril de 2024, cuando el condenado accedió a la vivienda familiar con la intención inicial de cometer un robo. En el suceso participaron tres jóvenes, el propio F.P.S., considerado autor material de las muertes, y otras dos personas implicadas en la planificación y ejecución del robo, entre ellas la pareja sentimental de la hija del matrimonio fallecido, según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha en una nota de prensa.
La sentencia ha sido dictada por la magistrada presidenta del Tribunal del Jurado, que ha trasladado a la resolución judicial el veredicto emitido por los miembros del jurado popular. En ella se recoge, además de las condenas por asesinato, una pena adicional de 4 años, 7 meses y 15 días de prisión por un delito de robo con intimidación y violencia en casa habitada y con uso de armas. A esta condena se suman otros dos años de cárcel por un delito de daños por incendio, ya que el condenado prendió fuego a la vivienda después de cometer los asesinatos con el objetivo de ocultar los hechos y dificultar la investigación.
En el ámbito de la responsabilidad civil, la magistrada establece que F.P.S. deberá abonar una indemnización total de 400.000 euros al hijo y hermano de las víctimas, quien se encontraba en la vivienda en el momento de los hechos y logró escapar del domicilio. La cuantía fijada por la sentencia contempla 150.000 euros por cada una de las muertes de los padres y 100.000 euros por el fallecimiento de la hija, según recoge la resolución judicial.
Además de esta indemnización, la sentencia fija otra responsabilidad civil derivada del incendio provocado tras los asesinatos. En concreto, el principal condenado deberá pagar más de 163.000 euros a una compañía aseguradora, que asumió los daños ocasionados en la vivienda tras el fuego declarado en el inmueble.
Condenas para los otros dos implicados
La resolución judicial también establece condenas para los otros dos acusados en el proceso, D.M.A. y C.B.M., este último pareja sentimental de la joven fallecida, por su participación en el robo que desencadenó el triple crimen. Ambos han sido considerados responsables de un delito de robo con intimidación y violencia en las personas en casa habitada y con uso de armas, aunque con distintos grados de participación.
En el caso de C.B.M., la sentencia le impone 4 años, 3 meses y 1 día de prisión al considerarlo cooperador necesario. El Tribunal del Jurado concluyó que este acusado facilitó con antelación a los hechos información detallada sobre la ubicación de la vivienda y otros datos relevantes, elementos que resultaron decisivos para que el autor material pudiera planificar el robo.
Por su parte, D.M.A. ha sido condenado como cómplice del mismo delito a 2 años, 1 mes y 16 días de prisión. Según el veredicto del jurado, la noche en la que se produjeron los hechos acompañó al principal acusado en coche hasta la puerta de la urbanización donde se encontraba la vivienda y permaneció a la espera de una llamada de F.P.S. una vez se produjera el robo que habían previsto cometer.
Sin atenuantes en la sentencia
La resolución también analiza las atenuantes planteadas por los abogados de los tres acusados, aunque finalmente ninguna de ellas ha sido considerada para rebajar las penas impuestas. Entre las circunstancias alegadas por las defensas figuraban la actuación bajo la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas en el caso de los tres acusados, así como arrebato y obcecación y reparación del daño en el caso del principal condenado.
Asimismo, la defensa de D.M.A. alegó confesión y colaboración, mientras que en el caso de C.B.M. se plantearon posibles circunstancias relacionadas con retraso mental ligero y trastorno de la afectividad.
Sin embargo, el Tribunal del Jurado concluyó, tras la valoración de las pruebas practicadas durante el juicio, que ninguna de estas circunstancias había quedado acreditada, motivo por el cual la magistrada presidenta no ha aplicado ninguna atenuante a la hora de fijar las penas recogidas en la sentencia.