La verdad de Rociito: esquiva el delito penal pero no la condena más dura

Este pasado lunes conocíamos que la hija de la más grande emprendía un nuevo negocio para suplir la falta de ingresos por las televisiones y, también, el enorme gasto que le han causado las causas judiciales.
En la imagen Rocío Carrasco junto a su marido Fidel Albiac en la presentación de su línea de cosméticos
En la imagen de archivo Rocío Carrasco junto a su marido Fidel Albiac

Según recoge EsDiario, durante años, Rocío Carrasco ha sido elevada a la categoría de símbolo. Un icono mediático blindado por platós, tertulias y una parte muy concreta del ecosistema político-cultural que necesitaba un relato, un rostro y una bandera. La historia de la hija de la más grande se contó como una epopeya moral, como una verdad incuestionable, y cualquier crítica fue despachada como una agresión machista o una conspiración del “enemigo”.

Pero la justicia, como casi siempre, cuenta otra historia. Una menos épica, menos televisiva y mucho más incómoda para quienes la convirtieron en mito.

Porque sí, Rocío Carrasco fue condenada por no pagar la pensión alimenticia de sus hijos. No es una opinión, ni un tertuliano, ni un corte de vídeo viral. Es una resolución judicial. Tras su separación de Antonio David Flores, los tribunales fijaron una pensión que debía abonar para el mantenimiento de Rocío y David. Durante un periodo prolongado, esa obligación no se cumplió. Y los juzgados, en vía civil, la obligaron a pagar las cantidades atrasadas.

El importe exacto nunca se ha hecho público en detalle, pero las informaciones judiciales y periodísticas apuntan a cifras elevadas, decenas de miles de euros que, con intereses y costas, podrían superar holgadamente los cien mil. Un dinero que tuvo que abonar tras años de litigios, en un proceso que desmonta la narrativa de pureza absoluta que se vendió al público.

Aquí es donde empieza la manipulación interesada. Sus defensores repiten como un mantra que “nunca fue condenada”. Es cierto que no consta una condena penal firme por delito de abandono de familia, una figura que exige probar que el impago fue deliberado pese a tener capacidad económica. Pero eso no borra lo esencial: un juez dictaminó que debía dinero a sus hijos y la obligó a pagarlo. La condena es firme. En cualquier otro caso, eso se llamaría incumplimiento grave de una obligación legal. En el caso Carrasco, se maquilló como un detalle irrelevante.

Lo más llamativo no es solo lo que ocurrió en los tribunales, sino lo que ocurrió en los platós. Mientras se emitían documentales millonarios, mientras se la presentaba como heroína moral y se señalaba a sus adversarios, casi nadie recordaba que existían sentencias civiles en su contra. El silencio fue casi unánime, como si la realidad judicial estropeara un guion demasiado rentable para romperlo con datos incómodos.

Rocío Carrasco se convirtió en bandera política y cultural, en símbolo de una izquierda mediática que necesitaba relatos emocionales y figuras incontestables. Pero los símbolos también tienen expedientes, autos judiciales y sentencias. 

El caso Carrasco es, en el fondo, un retrato de nuestra época: el triunfo del relato sobre los hechos, del documental sobre el sumario, del plató sobre el juzgado. La justicia no dictó una condena penal, pero sí dejó constancia de que hubo un impago y de que hubo que repararlo.

Y ahora, tal y como les contábamos este lunes 23 en ESdiario, las consecuencias económicas pesan, no solo por esos aproximadamente 100.000 euros que la hija de Rocío Jurado se ha tenido que gastar atendiendo a gastos judiciales, sino por la falta de ingresos televisivos (Mediaset la ha abandonado y solo recibe algo, ¡cómo no!, de RTVE) que ha forzado a Rociíto a buscar nuevas vías de ingresos en este caso en el terreno de los productos cosméticos.

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