Castilla-La Mancha convoca ayudas para ganaderías afectadas por vaciados sanitarios
La Junta de Castilla-La Mancha ha convocado nuevas ayudas para compensar las pérdidas económicas de las explotaciones ganaderas obligadas a realizar vaciados sanitarios y para facilitar la repoblación de ganado.
Las subvenciones, publicadas en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM), se dirigen principalmente a explotaciones de bovino, ovino y caprino afectadas por programas oficiales de control de enfermedades.
La Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha ha convocado en 2026 dos líneas de ayudas dirigidas a las explotaciones ganaderas que hayan sufrido vaciados sanitarios obligatorios, con el objetivo de compensar el lucro cesante derivado de la paralización de la actividad y facilitar la repoblación de los rebaños en las explotaciones afectadas por programas oficiales de control y erradicación de enfermedades animales. Las convocatorias han sido publicadas este viernes en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha mediante sendas resoluciones de la Dirección General de Ordenación Agropecuaria.
Estas medidas pretenden garantizar la viabilidad económica de las explotaciones ganaderas tras el sacrificio obligatorio de animales, una actuación que se decreta para frenar la propagación de enfermedades como la tuberculosis bovina, la viruela ovina y caprina, la brucelosis o la lengua azul.
El Gobierno regional ha articulado dos líneas diferenciadas de subvenciones: una para compensar la pérdida de ingresos mientras la explotación permanece sin actividad y otra destinada a financiar la compra o arrendamiento con opción de compra de nuevos animales para reponer el ganado sacrificado.
Ayudas para compensar el lucro cesante
La primera de las convocatorias tiene como finalidad compensar el lucro cesante que sufren las explotaciones ganaderas tras el vaciado sanitario, es decir, la pérdida de ingresos que se produce desde el sacrificio del ganado hasta la reintroducción de nuevos animales.
Podrán beneficiarse personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes o explotaciones de titularidad compartida que sean titulares de explotaciones de ganado ovino o caprino ubicadas en Castilla-La Mancha y en las que se haya producido un vaciado sanitario obligatorio ordenado por la autoridad competente dentro de los tres años anteriores a la convocatoria, motivado por enfermedades como la tuberculosis o la viruela ovina y caprina.
La subvención cubrirá el 100% del lucro cesante, que se calculará a partir del margen bruto anual de las actividades ganaderas estimado por la Dirección General de Ordenación Agropecuaria, fijado en 95 euros por animal y año.
Para determinar la ayuda correspondiente a cada explotación, la administración calculará el margen bruto diario —resultado de dividir el margen anual entre 365 días— y lo multiplicará por el número de días transcurridos desde el vaciado sanitario hasta la introducción de nuevos animales, con un límite máximo de 365 días y del número de animales sacrificados.
Además, en los casos en los que la repoblación se realice en varias fases, el cálculo se efectuará de forma parcial en función de los animales introducidos y de los periodos correspondientes.
El importe máximo de ayuda por explotación será de 60.000 euros, límite que se mantendrá incluso si la explotación solicita subvenciones en varias convocatorias para la reposición de animales tras un vaciado sanitario. Asimismo, de la cuantía final se descontarán las indemnizaciones recibidas por seguros u otras compensaciones económicas relacionadas con la pérdida de actividad.
En la convocatoria correspondiente a 2026, el cálculo de la ayuda tendrá en cuenta los animales reintroducidos en la explotación hasta el 31 de diciembre de 2025.
El presupuesto inicial destinado a esta línea asciende a 15.000 euros, con posibilidad de incrementarse en 10.000 euros adicionales si existe disponibilidad presupuestaria.
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el DOCM y deberá realizarse a través de la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
Ayudas para la repoblación de explotaciones ganaderas
La segunda convocatoria está destinada a facilitar la repoblación de explotaciones de ganado bovino, ovino y caprino que hayan sufrido un vaciado sanitario en el marco de los programas oficiales de control o erradicación de enfermedades animales.
Podrán optar a estas ayudas personas físicas o jurídicas, agrupaciones o comunidades de bienes titulares de explotaciones ganaderas ubicadas en Castilla-La Mancha en las que se haya ordenado el sacrificio obligatorio de todos los animales de, al menos, una especie a causa de enfermedades incluidas en los programas sanitarios oficiales.
Entre estas enfermedades figuran la tuberculosis bovina, brucelosis bovina, brucelosis ovina y caprina, lengua azul o encefalopatías espongiformes transmisibles.
Las ayudas se concederán para financiar la compra o el arrendamiento con opción de compra de animales destinados a reponer el ganado sacrificado, siempre que la repoblación se realice dentro del periodo comprendido entre la autorización de reintroducción de animales y los doce meses posteriores, o bien en explotaciones que hayan repoblado en los tres años anteriores a la convocatoria.
La cuantía máxima de la subvención se calculará restando al coste total de adquisición o arrendamiento de los animales las indemnizaciones percibidas por el sacrificio obligatorio, el valor obtenido por su venta a matadero o industria cárnica y las compensaciones de seguros agrarios, si las hubiera.
Una vez determinada la cuantía, la ayuda se limitará al 100% del mismo número de animales introducidos en la explotación, aunque el valor subvencionable no podrá superar el 85% del valor de los animales sacrificados, tomando como referencia los baremos del Plan de Seguros Agrarios Combinados.
Además, existen limitaciones en función de la edad de los animales sacrificados: en bovino de carne mayores de 96 meses, bovino de leche mayores de 72 meses y ovino o caprino mayores de cinco años, así como animales muy jóvenes, solo podrán representar hasta el 5% del total subvencionable.
El importe máximo por explotación será de 40.000 euros por convocatoria, límite que también se mantendrá en caso de solicitar ayudas en convocatorias sucesivas.
Para esta línea de ayudas, la Junta ha consignado un presupuesto de 65.000 euros, que podrá incrementarse en 20.000 euros adicionales si existe disponibilidad de crédito.
Estas subvenciones estarán financiadas parcialmente por el Estado, que podrá aportar hasta el 50% del gasto realizado por las comunidades autónomas en función de la disponibilidad presupuestaria.
El plazo de solicitud será de 15 días naturales desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el DOCM.
Apoyo al sector ganadero y a la sanidad animal
Las resoluciones que regulan estas ayudas se enmarcan en el Plan Estratégico de Subvenciones 2024-2026 de la Consejería de Agricultura, dentro de las políticas destinadas a mejorar la sanidad animal y fortalecer el sector ganadero regional.
Según la normativa vigente, cuando se detectan determinadas enfermedades en una explotación ganadera, la autoridad sanitaria puede ordenar el sacrificio obligatorio de los animales y el vaciado completo de la explotación, una medida destinada a evitar la propagación de la enfermedad y proteger tanto la producción ganadera como la salud pública.
Sin embargo, estas actuaciones pueden suponer graves pérdidas económicas para los ganaderos, ya que la actividad queda paralizada hasta que se cumplen los periodos de cuarentena y se repuebla la explotación. De ahí que estas líneas de ayudas busquen compensar los costes adicionales y facilitar la recuperación de la actividad productiva, especialmente en sectores como el ovino y caprino, que cuentan con estructuras productivas más vulnerables a estos episodios.