Prisión permanente revisable para la mujer que asesinó a su bebé en Elche de la Sierra

La Audiencia Provincial de Albacete ha impuesto prisión permanente revisable a una mujer que arrojó a su bebé recién nacido a un cubo de basura en Elche de la Sierra. La sentencia, dictada tras el veredicto de culpabilidad del jurado popular, incluye la retirada de la patria potestad de su otra hija, amplias prohibiciones de comunicación y una indemnización total de 150.000 euros.
La acusada de asesinar a su bebé recién nacido en su domicilio de Elche de la Sierra (Albacete) en enero de 2023, durante el juicio celebrado en la Audiencia de Albacete - EFE/Manu
La acusada de asesinar a su bebé recién nacido en su domicilio de Elche de la Sierra (Albacete) en enero de 2023, durante el juicio celebrado en la Audiencia de Albacete - EFE/Manu

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Albacete ha condenado a M.A.P.S., la mujer acusada de matar a su bebé recién nacido al arrojarlo en una bolsa de basura en el municipio de Elche de la Sierra, a la pena de prisión permanente revisable.

Según se indica en la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, en el dictamen se ha tenido en cuenta que concurre la circunstancia agravante de parentesco.

Además, se condena a la acusada a la privación de la patria potestad respecto de su otra hija, prohibición de comunicarse y aproximarse a ella, a su domicilio, lugar de estudios, esté o no presente, así como cualquier lugar en que se encuentre o sea frecuentado por ella, a una distancia mínima de 500 metros, durante un plazo de 31 años, quedando en suspenso el régimen de visitas, comunicación y estancia que, en su caso, se hubiere reconocido en sentencia civil durante el cumplimiento de la pena. También se le condena a la medida de libertad vigilada durante 10 años, a cumplir con posterioridad a la pena de prisión.

Asimismo, se le condena al pago de las costas procesales. En concepto de responsabilidad civil, la acusada indemnizará a su otra hija con 50.000 euros y al padre en 100.000 euros, por la muerte de su hermano e hijo respectivamente.

Las sentencia llega tras ser declarada culpable por el jurado popular el pasado jueves, 27 de noviembre, tras un juicio que se prolongó desde el 17 de noviembre.

A lo largo de las distintas vistas, quedó acreditada la versión recogida en el escrito de la Fiscalía, según la cual, la encausada, que estaba embarazada desde abril de 2022, dejó de acudir a sus citas con el servicio de Obstetricia del Hospital de Hellín desde la segunda mitad de su embarazó, faltando a los controles médicos pertinentes y comentando a su marido y familiares, quienes desconocían que estaba esperando a un hijo, que había sufrido un aborto espontáneo.

A las 39 semanas de gestación, en enero de 2023, la acusada comenzó su parto, "con pleno conocimiento de su estado", según señala el escrito de la Fiscalía, ya que la mujer había dado a luz con antelación y tenía una hija de tres años en ese momento. En lugar de pedir ayuda o asistencia médica, dio a luz en el baño de su casa, "con la intención de que nadie se enterara del nacimiento de su hijo y acabar con su vida", ha afirmado la acusación.

Después de que el bebé naciera "vivo y en buen estado de salud", la madre cortó el cordón umbilical y arrojó a su hijo al cubo de basura de su casa, donde lo dejó morir. Cuando esa noche su suegra llegó al hogar y vio el suelo manchado de sangre la acusada aseguró que había padecido una menstruación muy abundante y dolorosa, por lo que su marido la acabó trasladando al hospital de Hellín.

En el centro, la mujer negó reiteradamente haber estado embarazada o haber dado a luz. El recién nacido falleció esa noche por un fallo cardiorrespiratorio provocado por un shock hipovolémico, hipotermia y asfixia.

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