El convenio colectivo de industrias agroalimentarias de Cuenca queda firmado por un año

Quedan fijado el salario y el resto de las condiciones laborales para unos 4.000 trabajadores que realizan su labor en unas 300 empresas de la provincia
Firmado por un año el convenio colectivo de industrias agroalimentarias de Cuenca
Firmado por un año el convenio colectivo de industrias agroalimentarias de Cuenca

CEOE Cepyme Cuenca, Cooperativas Agroalimentarias de Castilla-La Mancha y Asaja Cuenca, junto a CCOO Industria y UGT FICA han sellado el convenio del sector de industrias agroalimentarias de Cuenca por un año en la sede del jurado arbitral.

De este modo, las condiciones laborales del sector quedan fijadas hasta el próximo 31 de diciembre del presente ejercicio, teniendo que aplicar todas las empresas de este ámbito las condiciones mínimas establecidas en este texto.

Quedan fijado el salario y el resto de las condiciones laborales para unos 4.000 trabajadores que realizan su labor en unas 300 empresas de la provincia, han informado desde la parte empresarial en nota de prensa.

En este acuerdo entre la representación de las empresas y los sindicatos se ha pactado una subida salarial del 3% y se han fijado 1.776 horas anuales para este año 2025. Por otro lado, los días 24 y 31 de diciembre serán considerados como festivos abonables y no recuperables, y se compensarán con descansos, al siguiente día laboral cuando estas fechas coincidan con un domingo.

Unas negociaciones que han estado condicionadas por aspectos como el establecimiento del nuevo Salario Mínimo Interprofesional por parte del Gobierno de España o la reducción de la jornada laboral. Ese convenio recientemente firmado también incluye un plus de 3,5 euros por día efectivo de trabajo, incluyendo el período vacacional, pero "no computará a efecto de ningún complemento salarial, antigüedad y abono de pagas extraordinarias y tendrán futuras revalorizaciones en los mismos términos que el salario base".

En dicho precepto se acuerda fijar una moratoria para su aplicación hasta el 2026, siendo aplicable en los términos expresados automáticamente desde el 1 de enero de 2026.

Otro aspecto a destacar es la subida de la cantidad indemnizatoria de accidentes que cubra los posibles riesgos de las personas trabajadoras en el desarrollo de su actividad en el seno de la empresa, siempre que, como consecuencia de estos accidentes laborales se derive muerte, incapacidad permanente total, permanente absoluta o gran invalidez siendo las nuevas cantidades de 30.000 euros en caso de incapacidad permanente total o absoluta y de 35.000 euros en caso de invalidez o muerte.

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