Acuerdo para rebajar la condena al músico que abusó de menores

El Ministerio Fiscal y la defensa de J.A.C., músico talaverano acusado de abusar sexualmente de varias menores a las que captaba tras sus actuaciones en institutos de Talavera de la Reina (Toledo), alcanzaron este miércoles un acuerdo de conformidad que rebaja la pena de prisión solicitada inicialmente a siete años y nueve meses. La vista oral prevista en la Audiencia Provincial no llegó a celebrarse.

El pacto tiene en cuenta como circunstancias atenuantes tanto la dilación del proceso como el pago efectivo de las indemnizaciones reclamadas por el fiscal a las víctimas, que ascienden a 21.000 euros. El ingreso en prisión del procesado será inminente, según indicó el Ministerio Público tras la conformidad.

En la imagen de archivo la Audiencia Provincial de Toledo donde se celebrará la vista contra el acusado
En la imagen de archivo la Audiencia Provincial de Toledo donde se iba a celebrar la vista contra el acusado

La Audiencia Provincial de Toledo acogió este miércoles el acuerdo de conformidad alcanzado entre el Ministerio Fiscal y la defensa de J.A.C., un joven de Talavera de la Reina de entre 23 y 26 años en el momento de los hechos, acusado de aprovecharse de su condición de músico para contactar con alumnas menores de edad a las que conocía durante sus actuaciones en institutos de Educación Secundaria de la ciudad y localidades próximas, con el fin de abusar sexualmente de ellas. El pacto fija la pena en siete años y nueve meses de prisión, frente a la acusación original que contemplaba varios delitos graves.

El procesado se enfrentaba a un abanico de cargos de especial gravedad: embaucamiento para concertar cita con menor de edaddelito continuado de abuso sexual con acceso carnal a menor de 16 añosdelito continuado de abuso sexual sin acceso carnal a menor de 16 añoscorrupción de menores en su modalidad de elaboración de material pornográfico infantil; y corrupción de menores en su modalidad agravada por tratarse de víctimas menores de 16 años. La conformidad suscrita este miércoles reduce la condena, aunque mantiene junto a la pena privativa de libertad un conjunto de inhabilitaciones y prohibiciones que J.A.C. deberá cumplir una vez extinguida la pena de prisión.

Un método sistemático de captación en los institutos

Según el escrito del Ministerio Fiscal, la conducta delictiva se prolongó entre 2018 y 2021. Durante ese periodo, el procesado actuaba habitualmente como cantante en distintos centros de Educación Secundaria de Talavera de la Reina y localidades de su entorno. Tras cada actuación, identificaba a adolescentes del público y las contactaba a través de la plataforma Instagram, un canal que en muchos casos, según el fiscal, no era sino "una oportunidad para satisfacer sus apetitos sexuales".

El modus operandi seguía un patrón definido: tras un primer intercambio de mensajes en Instagram, el acusado trasladaba la conversación a WhatsApp, donde mantenía charlas de "elevado cariz sexual" con las jóvenes mientras se ganaba su confianza. El objetivo final era doble: que accedieran a mantener relaciones sexuales con él en encuentros presenciales, o bien que le enviasen fotografías y vídeos de contenido sexual.

La tía de una menor de 13 años destapó los hechos

Fue un contacto establecido en abril de 2021 con una menor de 13 años el que desencadenó la investigación. La tía de la niña accedió accidentalmente a su teléfono y leyó las conversaciones mantenidas entre su sobrina y el procesado. "Escandalizada" por su naturaleza sexual e impropia, según la descripción del Ministerio Público, la mujer se personó en el cuartel de la Guardia Civil, que abrió de inmediato las pesquisas que derivaron en la detención de J.A.C.

El acusado, que hasta este miércoles no había estado privado de libertad por esta causa, ingresará en prisión de forma inminente. El Ministerio Fiscal señaló que, junto a la pena de cárcel, el procesado quedará sometido a diversas inhabilitaciones y prohibiciones cuyo cumplimiento se extenderá con posterioridad a la pena privativa de libertad, aunque no precisó su alcance concreto en las declaraciones realizadas a los medios de comunicación tras el acuerdo.

Atenuantes que rebajaron la condena

El pacto de conformidad incorporó dos atenuantes que determinaron la rebaja de la pena respecto a la acusación inicial. La primera es la dilación indebida del proceso, circunstancia reconocida por el propio Ministerio Fiscal. La segunda es el pago efectivo de las indemnizaciones reclamadas a las víctimas, que ascienden en conjunto a 21.000 euros. La asunción de esta responsabilidad económica por parte del acusado antes del juicio oral fue valorada por la acusación pública a la hora de alcanzar el acuerdo.

La conformidad evita la celebración del juicio oral y, con ello, que las víctimas deban enfrentarse a una vista pública en la que tendrían que prestar declaración. Este tipo de acuerdos, habituales en casos con múltiples cargos y penas acumulables, permiten a la acusación garantizar una condena firme mientras el procesado obtiene una rebaja penológica a cambio de reconocer los hechos y asumir las responsabilidades civiles derivadas de los mismos.

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