Sanidad blinda las urgencias en Castilla-La Mancha ante la huelga de médicos

La Junta decreta servicios mínimos del 100% en urgencias de Atención Primaria y hospitales ante la huelga convocada desde el 16 de febrero.

La medida afecta a centros de salud, PAC, hospitales y servicios críticos en distintos periodos hasta junio.

Servicios mínimos del 100% en urgencias y oncología durante la huelga de médicos
Sanidad blinda las urgencias en Castilla-La Mancha ante la huelga de médicos

La Consejería de Sanidad de Castilla-La Mancha ha decretado servicios mínimos del 100% en los servicios de urgencia de cada Zona Básica de Salud ante la huelga convocada por la Confederación Española de Sindicatos Médicos (CESM) y el Sindicato Médico de Castilla-La Mancha, que arranca el próximo lunes, 16 de febrero, y se extenderá en distintos periodos hasta el mes de junio.

La resolución del departamento que dirige Jesús Fernández Sanz, publicada este jueves en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha y recogida por Europa Press, establece las condiciones de prestación de servicios ante una convocatoria de ámbito nacional y autonómico que afectará tanto a Atención Primaria como a Atención Especializada.

La huelga de ámbito nacional se desarrollará del 16 al 20 de febrero, del 16 al 20 de marzo, del 27 al 30 de abril, del 18 al 22 de mayo y del 15 al 19 de junio. En el ámbito autonómico, el paro está convocado del 16 al 20 de febrero y los días 15, 17 y 19 de junio.

Atención Primaria y urgencias extrahospitalarias

En el ámbito de Atención Primaria y Urgencias Extrahospitalarias, la resolución garantiza la atención de urgencias en cada Zona Básica de Salud con el 100% de los efectivos previstos para esa actividad en un día no festivo.

También se incluye la totalidad del personal de guardia programada en cada Punto de Atención Continuada (PAC). Hasta el inicio de la guardia programada, se establecerán como servicios mínimos el mismo número de efectivos que los previstos para dicha guardia, considerándolos a todos los efectos como personal en jornada ordinaria y garantizando la presencia de al menos un efectivo.

El Centro Coordinador de Urgencias (CCU) contará igualmente con el 100% de los efectivos habituales, al igual que la Unidad Autonómica de Coordinación de Trasplantes de Castilla-La Mancha, que mantendrá la totalidad de su plantilla ordinaria.

En el resto de centros y servicios de Atención Primaria, para atender la actividad ordinaria, se garantizará la presencia del personal de guardia habitual de un día no festivo incrementado con el 20% de los efectivos propios también de un día no festivo.

Asimismo, se establecerán servicios mínimos de guardia localizada con el mismo número de efectivos que ordinariamente desempeñan esta modalidad, como salvaguarda ante situaciones de extraordinaria urgencia sobrevenida que no puedan ser asumidas por el personal disponible.

Hospitales y Atención Especializada

En los Servicios de Urgencias hospitalarios y unidades de críticos, la asistencia se garantizará con el 100% del personal habitual de un día festivo.

En el caso de la diálisis, se mantendrá tanto la actividad programada como la urgente con el 100% del personal que presta dicha actividad en un día ordinario. Igual criterio se aplicará en el Hospital de Día Oncohematológico y en Oncología Radioterápica, donde se asegura la continuidad de los tratamientos en curso con la totalidad del personal habitual.

También se garantiza el 100% del personal en las unidades de reproducción asistida y fertilidad, así como en los servicios de seguimiento gestacional, tanto para actividad programada como urgente.

En el servicio de Farmacia, se establece la presencia de dos tercios del personal habitual (66,6%).

Para el resto de centros y servicios hospitalarios, la resolución garantiza la plena asistencia sanitaria no demorable, tanto programada como ordinaria, en aquellos casos en los que la reprogramación pudiera afectar negativamente a la evolución clínica del paciente. Estos servicios se cubrirán con los efectivos de guardia de un día no festivo incrementados con un tercio adicional (33,3%) de los efectivos habituales.

También en estos casos se establecerán guardias localizadas con el mismo número de efectivos ordinarios para asegurar la atención ante urgencias sobrevenidas.

Régimen del personal y recursos

El régimen de prestación de servicio y retribución del personal al que se le asignen servicios mínimos en régimen de guardia, ya sea presencial o localizada, será el correspondiente a un día no festivo, dado que los días afectados por la huelga mantienen tal consideración.

La resolución también obliga a las empresas o entidades que gestionen de forma indirecta servicios sanitarios del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (Sescam) a garantizar la prestación efectiva en los mismos términos fijados para los centros públicos.

La designación del personal que deberá cubrir los servicios mínimos será realizada por los responsables de los distintos órganos gestores de cada centro, servicio o unidad afectada.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el consejero de Sanidad, o bien recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a su publicación en el Diario Oficial.

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