UGT alerta de que las personas afectadas por despidos colectivos han crecido un 13%

Durante el primer trimestre de 2025, 208 personas trabajadoras se vieron afectadas en Castilla-La Mancha por despidos colectivos: 140 hombres y 68 mujeres. Esta cifra asciende a 425 personas si se consideran también las suspensiones de contrato y reducciones de jornada.
Las cifras del Ministerio de Trabajo y Economía Social indican un aumento del 13 % en las personas afectadas por despidos colectivos en la región, en comparación con las 181 personas despedidas de manera colectiva durante el mismo periodo del año anterior (92 hombres y 89 mujeres). Este incremento sigue al registrado de 2023 a 2024, cuando los despidos colectivos aumentaron un 50 %, según ha informado UGT en nota de prensa.
Desde UGT Castilla-La Mancha, su secretaria de Empleo, Igualdad y Políticas Sociales, Isabel Carrascosa, ha expresado su preocupación por estos datos y ha resaltado la importancia de reducir al máximo los despidos y de abordar cómo se gestionan y resuelven los despidos colectivos.
“La Unión General de Trabajadoras y Trabajadores en la región está atenta para que los despidos colectivos se realicen de forma legal, garantizando los derechos respaldados por el Estatuto de los Trabajadores y los distintos convenios sectoriales que regulan sus relaciones colectivas de trabajo. Es necesario establecer causas claras para que las empresas puedan despedir por razones objetivas, y estas causas, ya sean económicas, técnicas, organizativas, etc., deben demostrarse con transparencia”.
Carrascosa también ha señalado que la nulidad del despido colectivo puede derivarse de varias causas, como la ausencia de un período de consultas real, la falta de entrega de documentación esencial, la negociación de mala fe o situaciones de fraude.
Respecto al despido improcedente, la dirigente sindical recuerda que España sigue incumpliendo la Carta Social Europea en esta materia.
“Es fundamental garantizar el derecho de los trabajadores a una protección adecuada en caso de despido y ofrecer una compensación establecida por la normativa, fija y predecible, que sea suficiente para cubrir los daños sufridos por los trabajadores despedidos y que tenga un efecto disuasorio para los empleadores”.