Cierran acuerdo frente al despido colectivo planteado por Eserman en Puertollano

La Justicia declara ilegal la huelga iniciada por trabajadores de Repsol Lubricantes y Asfaltos de Puertollano en 2024.
Cierran acuerdo frente al despido colectivo planteado por Eserman en Puertollano (Ciudad Real)
Cierran acuerdo frente al despido colectivo planteado por Eserman en Puertollano (Ciudad Real)

Después de casi tres meses de lucha sindical y judicial, con una "implicación ejemplar" de los trabajadores y trabajadoras, CCOO ha conseguido cerrar un acuerdo "digno" frente al despido colectivo planteado por Eserman en Puertollano, si bien el objetivo sigue siendo que la nueva empresa contrate a parte de la plantilla.

En la asamblea celebrada este miércoles para informar del resultado de la negociación llevada a cabo por CCOO, único sindicato con representación en Eserman, y una vez finalizado el período de consultas, los trabajadores dieron su aprobación de forma unánime al acuerdo alcanzado, ha informado el sindicato en nota de prensa.

Dicho acuerdo contempla prejubilaciones a partir de los 57 años con un 85% del salario neto, solución a la que pueden acogerse 19 personas; e indemnizaciones de 34 días con un tope de 24 mensualidades, lo que supera el máximo legal de los 33 días, para las 32 personas restantes.

El secretario general de CCOO Industria de Ciudad Real, Víctor Manuel Arias, ha calificado de "digno" el acuerdo alcanzado, resaltando que ha sido posible gracias a la lucha incansable que se ha mantenido desde el momento en que la empresa anunció el ERTE y cerró el centro de trabajo.

No obstante, Víctor Manuel Arias ha insistido en que a pesar de este acuerdo se va a seguir peleando para que las contrataciones que haga la nueva empresa adjudicataria sean a personas de Eserman porque están perfectamente cualificadas.

En este sentido ha querido recordar a las Administraciones los compromisos que hicieron públicos, y les ha pedido al Ayuntamiento y a la Junta que demuestren con hechos que la foto que se hicieron no fue mero postureo, y que van a pasar a la acción para preservar los puestos de trabajo y para hacerse cargo de la formación si fuera necesaria la recualificación.

SENTENCIA POR LA HUELGA EN 2024

En otro orden, el Juzgado de lo Social número 3 de Ciudad Real ha estimado la demanda interpuesta por Repsol Repsol Lubricantes y Especialidades (Rlesa) y ha declarado ilegal la huelga convocada por el comité de empresa del centro de Puertollano iniciada el 7 de octubre y desconvocada el 14 de noviembre de 2024, al considerar que tuvo carácter "novatorio" por pretender alterar el contenido de un convenio de nivel superior en plena vigencia.

En una reciente sentencia, consultada por Europa Press, la magistrada da así la razón a la compañía multienergética, que consideraba, entre otros aspectos que calificaba de "irregulares", que cualquier convocatoria de huelga cuyo objeto sea impugnar, oponerse, atacar o modificar el contenido de un convenio colectivo vigente debe considerarse ilegal "con las consecuencias inherentes para todos aquellos que participen de manera activa o la promuevan".

En este sentido Repsol defendía que esta actitud atentaba contra el modelo de negociación colectiva implantado en el grupo, sustanciado en la firma del convenio colectivo de Repsol, Lubricantes y Especialidades por mayoría de las representaciones de la empresa y de los trabajadores, "dotado de eficacia general y aplicable a todos los centros de trabajo". La compañía esgrimía que el comité de empresa pretendía alterar la estructura de la negociación colectiva vigente en el Acuerdo Marco del grupo de empresas, así como alterar las condiciones pactadas en el convenio colectivo, ambos instrumentos con plena vigencia en aquel momento y hasta diciembre de 2024.

No lo veían así los trabajadores de los centros de trabajo de Puertollano, que consideraban que existía un "agravio comparativo" en las condiciones laborales de Rlesa Puertollano y los demás centros del grupo Repsol que están dentro de un complejo petroquímico, por lo que solicitaban que se planteara un acuerdo "a nivel de centro", reconociendo sus derechos como trabajadores de un complejo petroquímico "con todas las garantías y beneficios de los demás".

El comité de empresa de Repsol Lubricantes y Especialidades de Puertollano, compuesto por representantes de los sindicatos TIR y STR, convocó huelga indefinida el 7 de octubre de 2024 en las plantas de lubricantes y asfalto, si bien el sindicato STR no secundó la huelga ya que, si bien reconocía la "legitimidad de la reivindicaciones en cuanto al fondo", consideraba que la convocatoria podía calificarse de novatoria.

Para la magistrada, a la luz de la prueba documental y de las manifestaciones efectuadas en el acto del juicio, se desprende que "la auténtica voluntad de los convocantes de la huelga no ha sido la de obtener mejoras complementarias o específicas para un colectivo diferenciado, sino la de modificar o contravenir el contenido de los convenios colectivos vigentes", concretamente el II Convenio Colectivo de Rlesa y el X Acuerdo Marco del Grupo Repsol, "afectando a materias ya negociadas y cerradas en dichos instrumentos".

La jueza manifiesta que este objetivo "no es sobrevenido ni coyuntural". "Por el contrario", prosigue, "se inserta en una estrategia sostenida desde la propia firma del segundo convenio de Rlesa, en cuya negociación, como acreditan las actas de la comisión negociadora, los representantes del centro de Puertollano formularon reivindicaciones idénticas a las que sustentan la huelga, desmarcándose de la firma final del texto, precisamente por no haberse incorporado tales demandas".

Consecuentemente, el Juzgado considera que la reiteración de estas pretensiones, tanto en el frustrado intento de huelga de 2023 como en la convocatoria de 2024, "confirman la existencia de un propósito de carácter novatorio no complementario", a lo que hay que añadir una circunstancia "no menos importante", según consta en la sentencia: la apertura de mesa de negociación para un acuerdo de centro no está prevista en el segundo convenio ni en el acuerdo marco "y supone la creación de un ámbito paralelo de negociación no habilitado, lo que implica la ruptura de la estructura pactada".

En este sentido, subraya que la invocación por el comité de empresa de la existencia de acuerdos de centro en otros sectores del grupo no ampara su pretensión, "ya que en Cartagena o en Repsol Química Puertollano se negociaron materias habilitadas o no reguladas previamente en convenios superiores".

En suma, la resolución judicial concluye que esta situación "no encaja en la doctrina de las huelgas legítimas con finalidad interpretativa o complementaria, sino que responde plenamente a la definición jurisprudencial de huelga novatoria: una medida que, en plena vigencia del convenio, pretende alterar su contenido en materias reservadas al mismo, sin habilitación convencional y en vulneración de su fuerza vinculante".

Contra esta sentencia se puede interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha.

El comité de empresa de Rlesa desconvocó la huelga el 14 de noviembre de 2024 debido al "miedo a no mantener los puestos de trabajo" y con muestras de indignación y malestar por parte de la plantilla. En un comunicado, el comité aludía a las manifestaciones en prensa de la compañía, que describía abiertamente las acciones y repercusiones económicas a las que se exponían los trabajadores que secundaran la huelga.

Sin embargo, algunos trabajadores se dirigieron a la prensa lamentando que la huelga fuera "inútil" y supusiera "graves pérdidas económicas a los trabajadores", con un comité de empresa que finalmente admitió que las razones para detener la huelga estaban motivadas "por el miedo a las sanciones económicas y legales, así como por la recepción de una demanda interpuesta por la empresa".

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