El TSJCM ratifica la condena a la alcaldesa de Villarrubia de Santiago

La alcaldesa de Villarrubia de Santiago (Toledo), María Concepción Monzón

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha ha desestimado el recurso de la alcaldesa de Villarrubia de Santiago (Toledo), la socialista María Concepción Monzón, y ha ratificado su condena a 9 años de inhabilitación especial para empleo o cargo público y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por un delito de prevaricación administrativa.

La regidora, que retiró de forma arbitraria la licencia a un vendedor ambulante del mercadillo municipal, ha anunciado que recurrirá la resolución ante el Tribunal Supremo mediante un recurso de casación, y ha avanzado que no realizará más valoraciones públicas mientras el procedimiento permanezca en curso.

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJCM) ha ratificado la condena a 9 años de inhabilitación especial para empleo o cargo público impuesta por la Audiencia Provincial de Toledo a la alcaldesa de Villarrubia de Santiago (Toledo), María Concepción Monzón, del Partido Socialista, al desestimar este viernes el recurso de apelación que la regidora había interpuesto contra dicha sentencia. El tribunal confirmó así que la alcaldesa cometió un delito de prevaricación administrativa al retirar de forma ilegal la licencia a un vendedor ambulante del mercadillo municipal el 8 de marzo de 2021.

El fallo, al que tuvo acceso Europa Press, rechaza de manera sistemática los tres motivos de recurso planteados por la defensa de Monzón. En el primero de ellos, la alcaldesa alegaba un "déficit de motivación" en la sentencia de la Audiencia Provincial. El TSJCM lo descartó con contundencia: "Podrá disentir del razonamiento, pero en modo alguno existe el déficit de motivación que denuncia".

La licencia expirada, argumento rechazado

El segundo motivo del recurso giraba en torno a la fecha de vencimiento de la licencia del vendedor ambulante. La defensa sostenía que, al haber expirado el 11 de enero de 2021, el comerciante ya no era titular de ninguna licencia cuando se produjo la retirada el 8 de marzo de ese mismo año, circunstancia que, a su juicio, condicionaba la aplicación del artículo 404 del Código Penal —que regula el delito de prevaricación administrativa—, así como la sanción impuesta. El tribunal superior rechazó también este argumento y calificó la actuación de Monzón como una decisión "administrativa arbitraria". "Por lo tanto concurre el tipo objetivo del artículo 404 del Código Penal, al incumplirse absolutamente el trámite establecido para un expediente administrativo de naturaleza sancionadora", subrayó el TSJCM.

El tercer y último motivo alegado por la alcaldesa sostenía la "indebida aplicación" del mismo precepto penal. El tribunal también lo desestimó, y fue en este punto donde la resolución empleó su lenguaje más directo para describir la conducta de la regidora: "Se desprende del relato fáctico con claridad la consciente injusticia de la arbitraria actuación de la alcaldesa de Villarrubia de Santiago". Y añadió: "Esta Sala entiende que de todo lo expuesto se deduce con nitidez que la acusada era consciente y conocedora de la arbitrariedad de su decisión".

Resolución oral en dos cartas

El TSJCM recordó además que la resolución que constituye el núcleo del delito fue adoptada de forma oral y materializada en dos cartas remitidas al vendedor denunciante, y que "fue dictada a sabiendas de su injusticia puesto que no existía motivo legal alguno para privar al ciudadano de su licencia, en un asunto administrativo de un Ayuntamiento". A juicio del tribunal, la decisión de la Audiencia Provincial de Toledo es "coherente y razonable", así como "conforme a las máximas de experiencia y reglas de la lógica".

En cuanto a la indemnización fijada en la sentencia de instancia, el TSJCM señaló que la impugnación de la cuantía carecía de "mayor desarrollo argumental" y que, desestimado el recurso, "la petición carece de fundamento". El tribunal declaró de oficio las costas de esta segunda instancia.

Monzón recurrirá ante el Supremo

Horas después de conocerse la resolución, la alcaldesa emitió una nota de prensa en la que manifestó su respeto por la decisión del TSJCM y anunció que presentará recurso de casación ante el Tribunal Supremo, "en ejercicio de los derechos que reconoce nuestro ordenamiento jurídico". Monzón aseguró que en todo momento ha actuado "desde la convicción de defender los intereses de los vecinos y vecinas de Villarrubia de Santiago, velando por el interés general del municipio", y destacó que durante todo el proceso ha mantenido "una actitud de plena colaboración" con la Administración de Justicia.

La regidora adelantó que no realizará más valoraciones públicas sobre el fondo del asunto mientras el procedimiento judicial permanezca abierto, una etapa que, con el anuncio del recurso de casación, se prolongará previsiblemente hasta que el Tribunal Supremo dicte sentencia definitiva. La condena, de confirmarse en la última instancia, supondría la pérdida del cargo y la imposibilidad de concurrir a cualquier proceso electoral durante 9 años.