El 28,7% de empleados públicos en Castilla-La Mancha son temporales

En la imagen de archivo empleados públicos temporales concentrados

Castilla-La Mancha cuenta con 48.300 empleados públicos temporales, lo que sitúa su tasa de temporalidad en el sector público en el 28,7 %, por encima de la media nacional del 26,8 %, según la Encuesta de Población Activa (EPA) del primer trimestre de 2026.

El personal laboral temporal de las administraciones públicas deberá acudir a los tribunales para reclamar la condición de fijo o para cobrar una indemnización por abuso de temporalidad, tras la sentencia de unificación de doctrina del Tribunal Supremo conocida esta semana, que expertos y sindicatos califican de "antes y un después" en la contratación temporal pública.

El Tribunal Supremo ha dictado una sentencia de unificación de doctrina que cambia las reglas del juego para casi un millón de trabajadores temporales del sector público en toda España, entre ellos los 48.300 interinos de Castilla-La Mancha. El fallo, conocido esta semana, no introduce un cambio legal de aplicación directa, sino que abre una vía judicial para que quienes hayan sufrido abuso de temporalidad puedan reclamar la fijeza o una indemnización compensatoria ante los juzgados de lo social. La comunidad registra una tasa del 28,7 % de temporalidad en el empleo público, nueve décimas por encima del promedio nacional y dentro de la franja de las regiones con mayor proporción de interinos.

La resolución del alto tribunal distingue dos situaciones diferenciadas. En primer lugar, los trabajadores que han sufrido abuso de temporalidad y que, además, han superado en algún momento un proceso selectivo para un puesto fijo sin haber conseguido plaza podrán aspirar a la conversión de su relación laboral en fija, en lugar de la figura del indefinido no fijo que se venía aplicando hasta ahora. Desde UGT Servicios Públicos subrayan que esta vía es viable porque se respetan "los principios de igualdad, mérito y capacidad" y porque el abuso acreditado pone de manifiesto una necesidad estructural que, a su juicio, "exige una reacción efectiva".

En segundo lugar, quienes hayan padecido temporalidad abusiva pero no hayan superado nunca un proceso selectivo para personal fijo también tendrán una vía de reparación, aunque distinta. "La resolución judicial descarta la conversión automática a la condición de fijo como consecuencia del abuso, pero sí reconoce una vía alternativa de reparación: la posibilidad de reclamar una indemnización compensatoria por el perjuicio sufrido", explican desde el despacho de abogados Vento.

Una indemnización sin techo fijo en los casos más graves

El Supremo establece como referencia orientadora las cuantías previstas en la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS): entre 1.000 y 2.000 euros en grado mínimo, de 2.001 a 5.000 euros en grado medio y de 5.001 a 10.000 euros en grado máximo. No obstante, la propia sentencia aclara que estos importes no operan como límite cerrado. "Cuando el trabajador consiga acreditar un perjuicio económico o profesional superior, la indemnización deberá compensar íntegramente el daño efectivamente sufrido, sin quedar sujeta a una cuantía máxima predeterminada", precisan desde Vento.

A estas cantidades se puede sumar, según explica UGT, la indemnización por extinción del contrato de 20 días por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades, en los casos en que la relación laboral con la administración haya concluido. La responsable del área de derecho laboral de Vento, Catarina Capeáns, advierte de que la falta de efecto directo de la sentencia provocará una "judicialización masiva" en la jurisdicción de lo social, con miles de procedimientos que se activarán en todo el territorio nacional.

El Supremo pide también actuar contra las administraciones infractoras

El tercer elemento destacado del fallo es el mandato al tribunal de instancia de remitir testimonio a la Inspección de Trabajo en aquellos casos en que se acredite abuso de temporalidad, con el fin de iniciar un expediente sancionador contra las administraciones empleadoras. Es una medida que ha sido especialmente celebrada por CCOO, que sostiene que "la temporalidad abusiva en las Administraciones Públicas no puede seguir saliendo gratis". El sindicato valora el avance que supone la sentencia, aunque coincide con UGT en la necesidad de abordar una reforma legal que garantice la estabilidad del personal público afectado por abuso de temporalidad.

Casi un millón de temporales en el conjunto de España

En el conjunto de España, la EPA del primer trimestre de 2026 contabiliza 981.000 empleados temporales en el sector público, una tasa del 26,8 %, frente al 14,7 % que registra el empleo general. En términos absolutos, Andalucía encabeza el listado con 153.000 temporales, seguida de Madrid (120.000), Comunidad Valenciana (105.500) y Cataluña (101.400). Castilla-La Mancha se sitúa con sus 48.300 interinos en un nivel intermedio, aunque su tasa supera la de regiones con mayor número de efectivos, como Andalucía (23,0 %), Madrid (23,2 %) o Cataluña (20,2 %).

Las tasas más elevadas corresponden al País Vasco (38,5 %), Canarias (37,8 %), Navarra (34,9 %), Extremadura (33,4 %) y Murcia (33,3 %), comunidades en las que más de uno de cada tres empleados públicos trabaja con contrato temporal. La situación, generalizada en toda la administración española, tiene origen en décadas de contratación estructural bajo modalidades de carácter temporal que, según los sindicatos, han servido para cubrir necesidades permanentes sin abrir los procesos selectivos correspondientes. La sentencia del Supremo no pone fin a esa realidad de forma automática, pero abre la puerta a que miles de trabajadores puedan, por primera vez, obtener una reparación efectiva ante los tribunales.