Ventajas de contratar un seguro de hogar para inquilinos

Residir en una vivienda de alquiler no es un impedimento para disfrutar de una protección extra en casa. Un seguro de hogar para inquilinos proporciona al arrendatario las coberturas necesarias para abordar riesgos comunes en los inmuebles de un modo más rápido y con todas las garantías.
Diferencias entre el seguro del hogar para inquilinos y el seguro como propietario
El alquiler de una vivienda genera obligaciones y derechos para cada una de las partes implicadas en el contrato. El arrendador (propietario de la vivienda) es responsable de todo lo relacionado con el continente (materiales y estructura) y de garantizar las condiciones de habitabilidad. El arrendatario (inquilino) es responsable del contenido del inmueble (sus bienes personales), así como de mantener la vivienda en buen estado.
Aparte de esto, tanto arrendador como arrendatario deberán asumir su responsabilidad civil frente a terceros en caso de que se produzca algún problema. Dependiendo de cuál sea el origen de siniestro (problemas estructurales de la vivienda o mal uso de esta), será uno u otro el que deba hacerse cargo del coste de solucionarlo, así como de eventuales indemnizaciones.
La web de Rastreator es una buena fuente de información para entender las particularidades de cada seguro de hogar. Comparar los precios y las coberturas que ofrecen las aseguradoras resulta de gran utilidad a la hora de tomar una decisión.
¿Es obligatorio contratar un seguro de hogar para inquilinos?
Del mismo modo que el arrendador no está obligado a contratar un seguro de hogar, tampoco puede obligar al arrendatario a que contrate una póliza de hogar para inquilinos. Sin embargo, es una práctica recomendable para ambas partes.
Contratar un seguro de hogar habitual es una decisión que depende exclusivamente del propietario. La principal ventaja es que, con una de estas pólizas, quedará cubierto frente a los daños que pudiera causar su vivienda en otras viviendas (por ejemplo, si se produce una fuga de agua en una de sus tuberías).
En el caso del seguro de hogar para inquilinos, será el propio arrendatario el que decida si quiere o no contratar una póliza específica para su vivienda de alquiler. De este modo, no solo quedarán protegidas sus pertenencias (por ejemplo, en supuesto de robo o incendio), sino el pago de indemnizaciones o reparaciones derivadas del uso que haga de la vivienda.
Ni el propietario ni el inquilino están obligados a comunicar la contratación de un seguro de hogar a la otra parte. El tomador, tanto si es el arrendador como si es el arrendatario, será quien disfrute de las coberturas de la póliza y quien asuma el coste de las primas.
¿Cuáles son las coberturas de un seguro de hogar para inquilinos?
Incluso en los casos en los que el propietario tenga contratado un seguro de hogar, este no ofrece coberturas al arrendatario. El seguro de hogar para inquilinos es un producto especialmente diseñado para cubrir las necesidades de quien habita el inmueble en régimen de alquiler, no para el propietario de este. Las principales coberturas de este tipo de pólizas son:
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Daños materiales, robo y capital del mobiliario
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Reclamación de fianza al casero
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Responsabilidad civil frente a terceros
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Responsabilidad civil frente al arrendador
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Defensa jurídica
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Asistencia de hogar
La lista de garantías de estos seguros no contempla la cobertura en caso de desahucio, y es muy limitada en lo que se refiere a la protección del continente (algo que compete al propietario). No obstante, cada aseguradora ofrece sus propias garantías, que pueden variar de un producto a otro para ajustarse a las necesidades de cada inquilino.