Opinión

Polvo eres

Año tras año, en las vísperas del Día de los difuntos se crea un ambiente propicio de aproximación a la muerte, trascendente o festivo, que aprovechan tanto compañías de seguros de vida, tanatorios, floristas y marmolistas, como organizadores de fiestas y vendedores de disfraces. Este año se ha sumado a la manifestación el Vaticano que ha aprovechado el momento para difundir un documento en el que, aunque acepta la cremación, prohíbe a sus fieles esparcir las cenizas de los difuntos, repartirlas entre los familiares, conservarlas en casa o convertirlas en joyas. Ya se sabe que el reino de la Iglesia católica no es de este mundo, porque en este otro reino terrenal llamado España la ley no somete a ningún tipo de control ni el transporte ni el depósito de cenizas de difuntos, salvo que sus deudos las abandonen en la vía pública.

Así que, con el máximo respeto hacia quienes siguen los preceptos del papa romano, para el común de los mortales no existe diferencia sustancial entre hacernos polvo bajo la lápida de un cementerio o enterrar nuestras cenizas bajo un olivo, tan raro es dividir las cenizas de un muerto como disgregar cráneos o brazos incorruptos y tan peculiar es hacerte un anillo con el polvo de tu ser querido como acristalar huesecillos de presuntos santos y convertirlos en reliquias.

Pero llama la atención que la Congregación para la Doctrina de la Fe sea tan dura en su advertencia y amenace con negar el funeral a quien decida contravenir su norma. Y mucho más, que haya desempolvado este asunto medio siglo después de haber aceptado a regañadientes la cremación. Quizás se pueda pensar que el hecho de que la Iglesia sea propietaria de muchos cementerios -casi la mitad sólo en España- y de que la incineración sea una opción creciente -un 35% hoy y se prevé que un 60% dentro de diez años- esté en la raíz de esta reacción defensiva al contemplar cómo puede languidecer parte de su negocio sepulcral. Y es posible que por esta razón este documento contemple excepciones en la prohibición de la custodia doméstica o el esparcimiento de cenizas, como siendo la Iglesia contraria al divorcio lo contempla bajo el eufemismo de la anulación si lo decreta el Tribunal de la Rota, previo pago de costas, eso sí. Está en su derecho. Sólo fastidia que la instrucción vaticana, al remarcar la preferencia por la sepultura de los cuerpos, afirme que esa forma de enterramiento "demuestra un mayor aprecio por los difuntos". Y hasta ahí podíamos llegar, que juzguen universalmente el afecto por nuestros muertos en función del cumplimiento de sus normas.

Comentarios