Decretan medidas en La Pueblanueva, prorrogan las de Torrijos y levantan las de Mora y Yeles

Se recomienda a la ciudadanía la limitación de los encuentros sociales fuera del grupo de convivencia estable y que los encuentros sociales se limiten a un máximo de 10 personas incluyendo convivientes
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La Consejería de Sanidad de Castilla-La Mancha, a través de la Delegación Provincial de Sanidad en Toledo, ha levantado las medidas especiales que tenían las localidades de Mora y Yeles, prorroga las existentes en Torrijos desde el 4 de septiembre y decreta nuevas medidas en La Pueblanueva.

En el caso de las localidades de Mora y Yeles, estas se incorporan a las medidas especiales que se aplican en la provincia de Toledo. En el caso de La Pueblanueva, se acuerda que las terrazas de bares y restaurantes reducirán su aforo al 50% del máximo que tuvieran establecido previamente, manteniendo en todo momento el resto de medidas establecidas en la normativa en cuanto a distancias de seguridad y agrupación, según ha informado la Junta en nota de prensa.

Respecto a los centros sociosanitarios, se procede a la suspensión cautelar de la actividad en los centros de día y a la supresión de visitas sociales en residencias de mayores, viviendas tuteladas de mayores y centros sociosanitarios en los que residan personas consideradas vulnerables. La entrada en estos centros de personas ajenas a los mismos se limitará a lo estrictamente necesario.

No se permitirán salidas de residentes salvo razones de fuerza mayor (asistencia sanitaria o deber inexcusable de carácter público), y siempre extremando las medidas de protección durante dicha salida y las de higiene a su vuelta. Al reingreso deberán establecerse medidas de aislamiento para el residente durante 14 días.

Todas las celebraciones religiosas limitarán el aforo al 50% de su capacidad habitual, siempre que se mantengan las medidas de distanciamiento interpersonal. Igualmente, se restringe el número de personas en velatorios y cortejos fúnebres a un máximo de 10 y el número de personas en eventos sociales tales como bodas y bautizos a un máximo de 25.

Como medidas complementarias se procede a la suspensión de actividades colectivas de ocio, tales como espectáculos u otros eventos que puedan suponer la concentración de personas y no estén reflejados en los otros supuestos contenidos en estas medidas.

Asimismo se procede a la suspensión de eventos deportivos y culturales promovidos por el Ayuntamiento, por asociaciones, peñas o por particulares. Se procede al cierre cautelar de cines, teatros y auditorios, bibliotecas y museos.

Los hoteles sólo podrán contratar el 75% de su capacidad. El uso de sus zonas comunes se verá limitado en su aforo al 50%.

Igualmente, se procede a la supresión de espectáculos taurinos y a la suspensión de mercadillos y mercados al aire libre. Se exceptúan aquellos casos en los que se dependa en la localidad de este tipo de comercio para el abastecimiento de productos de primera necesidad, limitando en ese caso su apertura a los puestos dedicados a la comercialización de este tipo de productos.

También se procede al cierre cautelar de parques y jardines.

Los supermercados y centros comerciales limitarán su aforo al 50%, manteniendo las mismas condiciones de higiene previstas para el pequeño comercio.

Se recomienda a la ciudadanía la limitación de los encuentros sociales fuera del grupo de convivencia estable y que los encuentros sociales se limiten a un máximo de 10 personas incluyendo convivientes.

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