TSJCM autoriza concentración de la PAH de Guadalajara contra los desahucios

La PAH había informado a la Subdelegación de que se iba a realizar una concentración con asistencia de unas 200 personas el citado día, desde las 7 hasta las 14 horas, “a las puertas” del Centro de Salud de Alamín, y la administración resolvió modificar el lugar de celebración de la concentración

El Tribunal Superior de Castilla-La Mancha (TSJCM) ha autorizado la concentración de la Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH) de Guadalajara contra los desahucios prevista para el próximo día 12, tras haber resuelto ayer la Subdelegación del Gobierno prohibir el desarrollo de ésta en el Barrio del Alamín.

La PAH había informado a la Subdelegación de que se iba a realizar una concentración con asistencia de unas 200 personas el citado día, desde las 7 hasta las 14 horas, “a las puertas” del Centro de Salud de Alamín, y la administración resolvió modificar el lugar de celebración de la concentración, señalando al efecto las pistas deportivas diáfanas situadas en la esquina de la calle Cádiz con la calle Valencia.

Las razones aducidas por la Subdelegación fueron la necesidad de no bloquear el acceso al Centro de Salud, ligadas al informe de la Comisaría Provincial de la Policía acerca de la existencia de ciertos altercados en la última concentración de características semejantes.

La PAH señaló que la concentración se hace para protestar por dos desalojos que se van a llevar a cabo en la calle Ávila, de modo que el lugar adonde se pretende trasladar la concentración afecta sustancialmente al derecho de reunión y manifestación, dado que, a su juicio, "se pretende trasladar a un lugar invisible al grupo de viviendas donde se van a realizar los desahucios, minorando la repercusión de la protesta frente a los medios de comunicación".

Por otro lado, aportó un auto judicial donde quedaba claro que no hubo incidentes penalmente relevantes en la anterior concentración y que la dirección del Centro de Salud no ha sido consultada ni ha opuesto ninguna objeción a la realización de la concentración.

La sentencia del TSJC-M estima que la PAH mostró que no tenía inconveniente en que la concentración se realizara en la intersección de la c/ Ávila y la c/ Ciudad Real, con lo que se dejaría libre y expedita la entrada y salida del Centro de Salud".

"No solo está más cerca del lugar del desalojo, sino que es perfectamente visible por parte de los usuarios del Centro de Salud, pero sin obstaculizar la entrada al mismo", establece la sentencia, que, al estimar el recurso de la PAH, anula las resoluciones de la Subdelegación del Gobierno. 

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