Opinión

Registro de la jornada

En determinados aspectos de nuestro escenario laboral nos mantenemos, respecto a lo que es el marco europeo, en la retaguardia, por no decir en la involución. Desde hace demasiado tiempo vamos a rebufo en esta materia, casi obligados por nuestra pertenencia a Europa, y no son pocas las veces que los organismos europeos tienen que tirar de nosotros o recordarnos nuestras obligaciones como pertenecientes a un mismo club.

Por lo mismo, es frecuente que los trabajadores españoles recurran a instancias europeas buscando la justicia que no encuentran aquí, en nuestro propio país. Ahí está el caso de los interinos de los servicios públicos españoles, y entre ellos los sanitarios, pero también los de educación, justicia, etcétera, víctimas de un fraude de ley y sometidos a un abuso continuado de su “falsa” situación de temporalidad. Situación anómala y discordante respecto al marco europeo, a la que ahora se quiere dar carpetazo por la vía expeditiva (para evitar sanciones de Europa) pero sin tener en cuenta los antecedentes ni la historia “acumulada”: en este asunto los trabajadores interinos son las víctimas del fraude continuado, no los culpables. Es la Administración pública la responsable del desaguisado.

Al día de hoy se está a la espera de que la justicia europea resuelva sobre este embrollo, pero la actitud de la Administración española y la de los sindicatos que le bailan el agua (que no son todos) está clara: enterrar el asunto echando tierra encima.

No es de recibo que se considere que un trabajador, en este caso un sanitario, está ocupando un puesto de trabajo “temporal” tras ocuparlo durante 15 o 20 años seguidos, en muchos casos sin ninguna oportunidad de consolidar ese puesto. De hecho son cada vez más los compañeros en esta situación que se están jubilando como interinos. Cabría preguntar a nuestra Administración pública (y a esos sindicatos que le bailan el agua) si una vez jubilados estos trabajadores tras toda una vida laboral en un puesto “temporal” (he ahí el fraude) consideran que han consolidado suficientemente su puesto de trabajo, o siguen siendo trabajadores “temporales”, es decir, jubilados pero temporales.

Uno no entiende por qué razón siempre tenemos que dar la nota en Europa. 

Lo hicimos, para vergüenza nuestra, con los “refuerzos” sanitarios, de los que aún existe un vestigio arcaico y residual en la atención primaria murciana, por ejemplo. Y lo estamos haciendo una vez mas con esta moda o figura laboral en auge denominada “chico para todo”, que no es otra cosa que la precariedad laboral llevada al máximo y sin más finalidad que “tapar” las irregularidades de gestión de nuestra atención primaria, de las que luego hablaremos.

Recientemente DIARIO SANITARIO informaba que en la última Mesa sectorial del SESCAM, el sindicato de enfermería SATSE pedía que se abonaran las horas de “solape” al personal de enfermería, es decir, esa jornada que excede de la jornada legal y que se emplea para que el personal saliente transmita al personal entrante información clínica y sobre la situación de los pacientes a su cargo.

Aquí y sobre este tema solo cabe recordar que recientemente la justicia europea nos llamó al orden sobre la necesidad de introducir en nuestro medio laboral los SISTEMAS FIABLES DE REGISTRO DE LA JORNADA. 

Consideramos que es de necesidad, por lo que se ve y por lo que luego diremos, y también de utilidad, introducir estos dispositivos de registro de la jornada en la Administración pública y concretamente en el medio sanitario.

Se hace imprescindible, por ejemplo, para que un trabajador pueda demostrar fehacientemente la jornada realizada, lo cual parece un derecho obvio. Sería útil para reclamar el abono del “solape” al personal de enfermería, como reclama SATSE.

Se hace necesario también para evitar irregularidades “graves” en la gestión de las jornadas de las que los últimos responsables solo pueden ser los gestores, no los trabajadores. Recordemos que en la atención primaria del SESCAM hay trabajadores que hacen 65 horas seguidas de trabajo o más en los PAC de nuestros centros de salud.

Por último, es sabido que nuestra Atención primaria sufre un deterioro sobre cuyas causas y soluciones hay opiniones muy divergentes. Algunas asociaciones profesionales, como PEAC de CLM, sostiene que en nuestra atención primaria se cometen desde hace tiempo irregularidades de jornada que van en detrimento de la eficiencia del servicio, del interés del paciente, y de los derechos de los trabajadores de atención continuada. 

Se argumenta en este sentido que hay personal de EAP que accede a jornada complementaria (guardias) sin completar su jornada previa, ordinaria de consulta, merced a la gestión irregular de la mal llamada “libranza” posguardia, que al menos en el ámbito del SESCAM se hace vulnerando el Estatuto Marco (definiciones de tiempo de trabajo y tiempo de descanso) y la jurisprudencia firme del Tribunal Supremo (sentencia sobre el recurso 4848/2000). 

Sostiene esta asociación profesional que debido a ello se comete fraude de jornada y fraude de dinero público que según cálculos realizados asciende a 65.000 horas de consulta en un solo semestre (1º de 2017) y en una sola gerencia de AP (Guadalajara). Consideran igualmente que dicha irregularidad tiene un gran impacto en el deterioro observado en nuestra atención primaria, cuyas listas de espera para el médico de cabecera pueden ser de hasta dos semanas.

Es sabido que algunos servicios de salud en otras comunidades autónomas, conscientes de esta irregularidad y conscientes también de su responsabilidad (no solo asistencial sino también legal), han cambiado el modelo de atención continuada para cumplir con la legalidad vigente y con la jurisprudencia del TS, y con un objetivo insoslayable y claro de aumentar la eficiencia de su Atención primaria y reducir sus listas de espera.

Como se comprueba que otros servicios, caso del SESCAM, siguen sin corregir estas irregularidades o incluso las niegan (y aquí enlazamos con el hilo de este artículo), consideramos que sería de gran utilidad hacer caso de las recomendaciones europeas e introducir en nuestro medio laboral dispositivos fiables de registro de la jornada, tal como se hace en muchas otras empresas.

La pregunta es: ¿Por qué SATSE que reclama que se abone el “solape” de jornada al personal de enfermería no exige que se implementen estos dispositivos de registro de la jornada en nuestro medio? 

¿Y por qué el resto de sindicatos, o la mayor parte de ellos, tampoco parecen tener interés en que se haga?

En su mano está exigirlo, y lo que no se entiende es que no lo hagan. 

Si lo explican a lo mejor lo entendemos.

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