Se está destapando todo: Un informe judicial aseguró que Antonio David condicionaba a su hija

La tensión en el chalé familiar en aquel mes de julio de 2012 hizo que se produjeran escenas dantescas. Primero un corte accidental, después una agresión
Hundido: Antonio David se rompe al enterarse que su hija Rocío habla en secreto con su madre
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Un artículo de Nacho Gay publicado en exclusiva en VANITATIS

Algo más de un mes antes del día que estalló la furia de Rocío Flores (27 de julio de 2012), su padre, Antonio David Flores, había abierto en el Juzgado de Primera Instancia número 5 de Alcobendas un proceso de modificación de medidas con relación a la custodia de la hija que tiene en común con Rocío Carrasco. El padre aseguraba en dicho documento que la menor no quería vivir con la madre, que se sentía maltratada y que, incluso, el 15 de marzo de ese año “se fugó” motu proprio a casa de una amiga.

Para intentar demostrar que todo esto era cierto y que, por ende, debía otorgársele la custodia íntegra de su hija, Antonio David adjuntó un informe psicológico de la menor, realizado a instancia de parte, es decir, por una doctora requerida por el ex guardia civil, en el que Rocío Flores aseguraba cosas tan variopintas como que “su madre no la quiere”, “no tiene confianza en ella”, “que la obliga a estudiar con la puerta abierta”, o que “la golpea agarrándola a veces por el cuello”, tal y como recogería la jueza en la sentencia que condenaría a la menor por maltrato. Dicho informe no pudo ser ratificado posteriormente en ese proceso judicial porque la psiquiatra que lo firmó, que responde a las iniciales O.T.L., no se personó en el proceso tras presentar un justificante.

No obstante, y a pesar de que el referenciado documento no tuvo relevancia judicial alguna, sirvió para dar pie a un hecho insólito, como muchos de los que acontecieron en aquellos días en el clan Jurado. El día 11 de julio de 2012, apenas 15 días antes de la agresión, Rocío Carrasco se vio obligada a llevar a su hija a los juzgados de Alcobendas para que la pequeña le dijera al juez que se sentía maltratada por ella y que quería irse a vivir con el padre. El cuadro de aquella mañana tenía un grado de abstracción que ni Kandinsky hubiera sido capaz de plasmar.

Quizá no han quedado demasiado explícitas las cotas que alcanzó el delirio en aquellos momentos. Analicemos lo sucedido. El día 5 de julio de 2012, apenas una semana antes de la vista, Rocío Carrasco recibe en el chalé familiar una providencia del juzgado en la que se la informa por sorpresa de que su hija va a declarar y se la insta a “traer a la menor para su exploración por el juez”. Durante una semana completa, ambas tuvieron que convivir en el chalé de Valdelagua con las tripas fuera y los tanques escondidos bajo la alfombra persa de la sala de estar. Y, claro, aquel globo de rencor acumulado se iba a acabar pinchando.

La Fiscalía acorrala a Rocío Flores

Cinco días después de la recepción de aquella providencia escasamente divina, la tensión familiar era tan evidente que se iba a producir un malentendido con un cuchillo. Aunque el episodio no tuvo finalmente consecuencias judiciales para Rocío Flores, aquel corte que se haría en la mano Rocío Carrasco sería estudiado por la Fiscalía de Menores posteriormente como un posible delito de malos tratos de la hija hacia la madre. De hecho, la Fiscalía solicitaba a la jueza que Rocío Flores también fuese condenada por este incidente, como demuestra el siguiente fragmento de su escrito de alegaciones:

Escrito de alegaciones de la Fiscalía de Menores

“En hora no determinada del día 10 de julio de 2012, encontrándose la menor junto a su madre y hermano en la cocina del domicilio familiar, y como quiera que aquella le recriminó que estaba gesticulando con las manos mientras asía un cuchillo con el que cortaba una pieza de fruta, se inició una disputa entre ambas, en el transcurso de la cual Rocío Carrasco exigió a su hija que le entregara el citado cuchillo, y como quiera que la menor se negó a ello, aquella lo sujetó, momento en que la menor, actuando con ánimo de ocasionar a su madre un perjuicio en su integridad física, propinó un fuerte tirón del mismo, provocando así que aquella se cortase en uno de sus dedos”.

Expediente de Reforma 261/2012, con fecha 18 de diciembre de 2012

Sin embargo, Rocío Carrasco le quitó hierro al asunto del cuchillo en sede judicial una vez llegado el momento: “Corroboró lo expuesto por Rocío Flores, en orden a que su hija en ningún momento la amenazó, cortándose ella en un dedo de forma fortuita cuando intentaba que la menor no sufriera daño alguno, al gesticular a la vez que intentaba cortar una manzana”. El hecho de que Carrasco le restara importancia a este incidente provocó la absolución de su hija frente al criterio de la Fiscalía, por lo que la jueza llegaría a afirmar al respecto que la madre “no arremete de forma indiscriminada contra la menor, pues pone de manifiesto tanto aquello que puede perjudicar a Rocío Flores como lo que le beneficia”, lo que a su entender daba credibilidad al testimonio global de la madre, frente al de la hija, poblado de multitud de “francas contradicciones”, como veremos, y siempre enfocado a perjudicar a su progenitora.

Un día después de aquel duelo menor de espadas, el día 11 de julio, a las 10:45 horas, madre e hija estaban frente a frente en una sala de vistas. Lo sorprendente de este asunto es que el magistrado ni se inmutó ante el relato de la entonces menor cuando testificó en el plenario. Al terminar Rocío Flores su exposición, y a pesar de que venía aparentemente refutada por un informe psicológico, el titular del juzgado la mandó a casa de nuevo con su madre y firmó un auto seis días después, el 17 de julio, en el que solicitaba un informe al equipo técnico psicosocial adscrito al Tribunal Superior de Justicia de Madrid para conocer la realidad de ese entorno familiar y la verdad subyacente en el conflicto.

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