El jurado considera culpable al acusado de matar al novio de su expareja en El Robledo

En la imagen el acusado durante una de las jornadas del juicio celebrado esta semana en la Audiencia Provincial de Ciudad Real - Fotografía: Lanza/Elena Rosa
photo_camera En la imagen el acusado durante una de las jornadas del juicio celebrado esta semana en la Audiencia Provincial de Ciudad Real - Fotografía: Lanza/Elena Rosa

El jurado popular que desde principios de semana ha juzgado en la Audiencia Provincial a un hombre acusado de matar al novio de su expareja en 2015, en el municipio ciudadrealeño de El Robledo, tras golpearlo con un leño de grandes dimensiones, le ha considerado culpable de un delito de homicidio.

El veredicto del juzgado ha sido dado a conocer esta misma tarde, después de que ayer comenzará su deliberación entre las tres opciones que le planteaban la partes: homicidio, asesinato y lesiones dolosas, por las que se pedían 15, 23 y 5 años de cárcel.

Finalmente, el jurado ha considerado a I.D.R. culpable de un delito de homicidio con el atenuante de obcecación y arrebato, por lo que el juicio ha quedado visto para sentencia.

Previo a ello, las partes han presentado sus conclusiones finales en la que el Ministerio Fiscal ha rebajado la pena que inicialmente pedía para el procesado, para pedir una pena de diez años de prisión, la máxima que correspondería pedir de acuerdo al veredicto del jurado.

Todo ello teniendo en cuenta, según ha explicado el Ministerio Fiscal, que los hechos se produjeron en un lugar público, en presencia de su exmujer y de su madre, y, sobre todo de su hija.

El fiscal también ha pedido que al acusado se le retire la patria potestad de su hija y que éste tenga que indemnizar al hijo biológico del fallecido con 50.000 euros.

Por su parte, la acusación particular se ha adherido a la petición del fiscal, si bien ha pedido una mayor indemnización y la prohibición para el acusado de aproximarse a su exmujer y su madre.

La defensa, por su parte, ha pedido la pena mínima para su defendido, que ha estimado entre dos y medio año, por lo que ha planteado a la presidenta de la sala que considere la puesta preventiva en libertad del acusado, teniendo en cuenta que ya ha permanecido 2 años y medio en prisión.

Los hechos juzgados ocurrieron el 13 de diciembre de 2015 en el domicilio del procesado I.D.R., al que su expareja, M.P.G., había acudido a entregar a la hija biológica de ambos, fruto del régimen de visitas que tenían pactado.

Su expareja, acompañada de su madre, se dirigió al domicilio del acusado con la niña, mientras que su novio, G.Ch.G. se quedada esperando a las dos mujeres en su coche, a unos 200 metros de la casa del procesado.

Al llegar a la vivienda unifamiliar, las mujeres llamaron al timbre y el acusado abrió de inmediato, aunque acto seguido y tras decirle a su hija que pasara al interior de la vivienda, se inició una fuerte discusión entre ambos progenitores y su exsuegra.

Como tardaban en volver al vehículo, el novio decidió bajarse y acudir a la casa para ver que sucedía, momento en el cual el acusado le golpeo con una madera en la cabeza.

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