Alumnos con suspensos de Bachiller tendrán 2 cursos de transición a la Lomce

Los alumnos de ESO y Bachillerato que tengan que recuperar asignaturas suspensas de las establecidas por la LOE (anterior a la Lomce) podrán ser evaluados de las mismas "excepcionalmente" durante los cursos 2015-2016 y 2016-2017 conforme al currículo estudiado y según dispongan las administraciones.

Consta así en una orden del Ministerio de Educación para regular el procedimiento de incorporación del alumnado con materias pendientes del currículo anterior a un curso de ESO y Bachillerato del sistema educativo definido por la Lomce.

Como norma general para recuperar las pendientes, la orden establece un cuadro de correspondencias entre las asignaturas que en su momento estableció la LOE (2006) para ambas etapas y las que forman parte de la Lomce (2013), estructuradas en troncales y específicas.

Actualmente, se han implantado las enseñanzas de la Lomce en primero y tercero de ESO y primero de Bachillerato. El curso próximo se completará en segundo y cuarto de ESO y segundo de Bachillerato.

La orden, publicada en el BOE, indica que los alumnos de ESO promocionarán de curso según la regulación derivada de la Lomce (Real Decreto 1105/2014, que establece el currículo básico de ESO y Bachillerato).

"El alumnado -se precisa- deberá recuperar las materias cursadas y no superadas de los cursos anteriores si continúan formando parte de la organización del curso correspondiente en la nueva ordenación de Educación Secundaria Obligatoria dentro de la programación de la oferta educativa establecida por cada administración educativa".

Y para la recuperación de esas materias "será de aplicación" el currículo de asignaturas del decreto citado, derivado de la Lomce.

Si las suspensas se corresponden con las del bloque de asignaturas "específicas", el alumno podrá cursarlas de nuevo o sustituirlas por cualesquiera otras del mismo grupo.

Para obtener el graduado en ESO, se deberán cumplir los requisitos determinados en la regulación de la Lomce, que establece un evaluación final de etapa.

"Sin perjuicio de lo anterior", quien no haya obtenido el título podrá presentarse a las pruebas anuales previstas en la LOE para mayores de 18 años.

En el Bachillerato, la promoción de primero a segundo se hará según el decreto citado (1105/2014) y teniendo en cuenta la correspondencia de asignaturas anteriores y actuales.

Los alumnos de primero de Bachillerato del currículo de la LOE que pasen a segundo curso de la Lomce con materias pendientes troncales deberán recuperarlas según las correspondencias entre asignaturas y la modalidad elegida por el alumno.

Si son específicas, deberán ser cursadas de nuevo o sustituidas por cualquier otra de este grupo elegida por el alumno.

Quien termine segundo de Bachillerato con algún suspenso podrá decidir repetir curso completo o matricularse únicamente de las asignaturas no superadas.

Para obtener el título de bachiller se deberán cumplir los requisitos de la Lomce, que prevé una evaluación final de etapa, sin perjuicio de que los alumnos que no lo hayan obtenido podrán presentarse a las pruebas para obtenerlo directamente para mayores de 19 años.

El alumnado con materias no superadas que hayan desaparecido de la oferta educativa podrá no volver a cursarlas, sin que la nota que hubiera obtenido cuente para la calificación media, o sustituirlas por otras según la regulación de las administraciones.

Comentarios