Abierto hasta el 15 de enero el plazo para las enmiendas a la Ley de consumidores de CLM

Las Cortes inician así el trámite parlamentario una vez admitido por la Mesa de las Cortes un proyecto de ley con cuya aprobación quedará derogada la Ley 11/2005, de 15 de diciembre, del Estatuto del Consumidor

En la imagen un instante de la reunión de la Junta de Portavoces y Mesa de las Cortes de Castilla-La Mancha celebrada en el Parlamento regional
photo_camera En la imagen de archivo una reunión de la Mesa de las Cortes de Castilla-La Mancha

Las Cortes de Castilla-La Mancha han abierto este miércoles el plazo de presentación de enmiendas al proyecto de ley del Estatuto de las personas consumidoras, para lo cual los grupos parlamentarios tendrán hasta el 15 de enero de 2019.

Con la publicación del proyecto de ley en el Boletín Oficial del Parlamento regional, consultado por Efe, las Cortes inician el trámite parlamentario una vez admitido por la Mesa de las Cortes un proyecto de ley con cuya aprobación quedará derogada la Ley 11/2005, de 15 de diciembre, del Estatuto del Consumidor, así como todas las normas de igual o inferior rango en lo que contradigan o se opongan a lo establecido en la nueva norma.

Un Estatuto cuyo objetivo es la protección de los derechos e intereses de las personas consumidoras en Castilla-La Mancha en un marco de consumo y regulación económica eficientes y aplicada a todas las relaciones de consumo, incluidas aquellas con una regulación sectorial específica, y a la defensa de la libre competencia en la comunidad autónoma.

Según el texto de la nueva norma, a los consumidores en la región se les reconocen una serie de derechos básicos que pasan por la protección frente a los riesgos que puedan comprometer su salud o seguridad o puedan afectar a la integridad física, psíquica y emocional de las personas consumidoras.

Asimismo, la ley garantiza la protección de los intereses económicos y sociales de los consumidores, la protección jurídica, administrativa y técnica; la información, educación y formación en materia de consumo; la representación de sus intereses generales a través de las organizaciones; y el acceso a productos, bienes y servicios en condiciones de igualdad y plena accesibilidad.

Además, incluye nuevos derechos como la soberanía de la persona consumidora para la toma de decisiones de compra de forma libre y consciente, el derecho a la soberanía alimentaria, y la garantía de funcionalidad con arreglo al ciclo de vida útil esperado de todo producto, bien o servicio.

También se incluyen como nuevos derechos un trato correcto, considerado, digno y respetuoso en las relaciones de consumo; el acceso a la información y al conocimiento como bienes intangibles de uso y disfrute; la seguridad y privacidad; el acceso a productos y bienes obtenidos y distribuidos según modelos de producción y consumo éticos y sostenibles; y el acceso a los beneficios derivados del uso de las nuevas tecnologías.

Además, el nuevo Estatuto de los consumidores castellano-manchegos hace hincapié en la protección prioritaria de los derechos de personas consumidoras en general y, en especial, de determinados colectivos vulnerables.

En este sentido, contempla la asistencia a personas consumidoras con dificultades o necesidades de apoyo para su autonomía personal, de manera que la Administración promoverá que los operadores de mercado y los establecimientos en régimen de autoservicio garanticen la asistencia precisa a las personas consumidoras que carezcan de autonomía para la toma y ejecución de decisiones de compra así como para el ejercicio de sus derechos como tales.

Por otro lado, la nueva ley establece un régimen sancionador por infracciones leves, graves o muy graves, cuyas multas oscilan entre 150 y un millón de euros, e incluye también el cierre temporal de un establecimiento, instalación o servicio, por un plazo máximo de cinco años.

Para el desarrollo reglamentario de la ley, el Consejo de Gobierno contará con un plazo máximo de tres años desde la entrada en vigor.

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