Dos panaderos condenados: sus empleados solo tenían libres dos días al año en Navidad

La Audiencia Provincial considera que las víctimas no exigían sus derechos por temor "a perder su puesto de trabajo"

Dos panaderos condenados: sus empleados solo tenían libres dos días al año en Navidad
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Según recoge Informativos Telecinco, dos empresarios a cargo de panaderías han sido condenados por laAudiencia de Pontevedra después de haber supuestamente cometido actos fraudulentos contra la Seguridad Social y establecer dos días de libranza anuales para el personal que tenían contratado. 

Los implicados evitaron una sesión judicial mediante un acuerdo con laFiscalía Provincial, que ha establecido como pena tres meses de prisión y multa de 300 € por el primero de los cargos penales e idéntica pena de cárcel, pero 29.905 euros de multa por el segundo. Además, se les impone a cada uno el abono de una indemnización de 119.620 euros, según la información a la que ha tenido acceso La Voz de Galicia.

Ambos sujetos reconocieron los hechos

La confirmación de los hechos cometidos por la sociedad que constituyeron ambos panaderos en 2004 en la cual indicaban que los empleados "acudirían a su puesto de trabajo todos los días del año excepto dos, el día de Navidad y el día de Año Nuevo" así como no cotizar las horas extras trabajadas por los mismos en la Seguridad Social ha facilitado que los implicados no tengan que sentarse en el banquillo.

Sin embargo, tendrán que responder por los derechos desprovistos a sus empleados recogidos en la legislación laboral y en el convenio colectivo, que establece un descanso mínimo semanal y períodos vacacionales.

Por su parte, la Audiencia considera que los perjudicados no habían alertado de este hecho antes por miedo a "perder su empleo" de tal forma que abordaban sin queja alguna los mandatos de los propietarios del obrador de pan para el que trabajaban.

La misma sentencia indica que "si la legislación le permitía a los empresarios establecer jornadas de trabajo en domingos y festivos, siempre que así loaceptase el trabajador, también refiere que el tiempo de trabajo debe ser retribuido como horas extraordinarias sin perjuicio del descanso semanal".

A pesar de las circunstancias complejas y el agotamiento patente, los trabajadores no dejaban de seguir realizando horas extraordinarias; periodo que tampoco se retribuía correctamente al no declararlas oficialmente en la Seguridad Social y, por tanto, no ser cotizadas. Por este hecho, se ha generado una deuda de 238.734 euros.

Por todo ello, las estimaciones de la Fiscalía de Pontevedra señalan que entre el 26 de enero del 2013 y el 26 de enero de 2017, los damnificados trabajaron 203 sábados y 252 domingos y festivos "sin percibir el importe de las horas extraordinarias y sin que las horas trabajadas fueran compensadas con horas de descanso". Después de lo sucedido, la sentencia ha obligado a que los sujetos abonen a doce trabajadores las retribuciones por las horas extra.

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