'La Manada' se libró de otros 3 años de cárcel al olvidar los abogados de la chica denunciar los vídeos

Ni Carlos Bacaicoa ni Miguel Ángel Morán presentaron una denuncia por las imágenes encontradas en el móvil del guardia civil

'La Manada' se libró de otros 3 años de cárcel al olvidar los abogados de la chica denunciar los vídeos
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Según informa Andros Lozano en EL ESPAÑOL, en la misma sentencia en la que los cinco miembros de 'la Manada' eran condenados a nueve años de prisión por abusar sexualmente de una joven, también se les absolvía de los tres delitos que se les imputaban en un principio: agresión sexual continuada, robo con violencia y contra la intimidad. Ésta última acusación se sustentaba en los seis vídeos grabados por el grupo mientras estaban con la víctima dentro del portal de la calle Paulino Caballero de Pamplona.

La grabación se realizó con el móvil de uno de ellos, el guardia civil Antonio Manuel Guerrero Escudero. El contenido en sí de esas imágenes, que en conjunto duran 96 segundos y muestran cómo la penetran anal, vaginal y bucalmente o se la pasan de uno a otro agarrándola del pelo, más la declaración posterior de la chica, sirvieron para que se les condenara por abuso sexual con prevalimiento.

Sin embargo, el tribunal de la Audiencia de Navarra decidió otorgarles la absolución en cuanto al delito contra la intimidad (el hecho mismo de grabar las imágenes sin el posible consentimiento y conocimiento de la víctima) debido a que ni la joven que sufrió los abusos ni tampoco sus abogados lo denunciaron.

Pese a que en el escrito de acusación que presentaron la Fiscalía y las acusaciones particulares se incluía dicho delito, por el que el Ministerio Público pedía 2 años y 10 meses de prisión, el hecho de que no existiera denuncia previa de las grabaciones inclinó la balanza en favor de los acusados. De haberse juzgado, el tribunal habría actuado en contra del artículo 118 de la Ley de Enjuciamiento Criminal.

Dicha norma señala sobre el encausado: "[Tiene] derecho a ser informado de los hechos que se le atribuyan, así como de cualquier cambio relevante en el objeto de la investigación y de los hechos imputados. Esta información será facilitada con el grado de detalle suficiente para permitir el ejercicio efectivo del derecho de defensa.

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