El Juzgado de Illescas anula dos contratos 'swap' con Banesto por desinformación

Un juzgado de Illescas (Toledo) ha declarado la anulación de dos contratos de cobertura de tipos de interés, "swaps", suscritos por una empresa dedicada a la fabricación y distribución de congelados con Banesto, ante la falta de información que recibió el cliente sobre el producto financiero.

En una sentencia, facilitada a los medios de comunicación por la Asociación de Usuarios de Servicios Bancarios (Ausbanc), el juzgado de Primera Instancia Número 6 de Illescas declara nulos los dos contratos de este tipo suscritos entre la empresa y la entidad bancaria en 2007 y ordena la restitución recíproca entre las partes de las prestaciones que hubiesen sido objeto del mismo.

Ausbanc ha explicado que con esta sentencia la empresa de congelados, Frío Seseña S.L., recupera cerca de 40.000 euros.

Según explica el fallo, del conjunto de la prueba practicada en el acto de la vista, se puede concluir que "la información facilitada por la entidad bancaria a la actora no fue suficiente si se tiene en cuenta la complejidad del producto financiero contratado".

Sostiene que al cliente no se le "informó cumplidamente de los riesgos del producto, independientemente de que la entidad bancaria no pudiera prever la gran caída de los tipos de interés ni la evolución del mercado, ni del posible coste de la cancelación de la operación".

"El derecho a la información en el sistema bancario y la tutela de la transparencia bancaria es básica para el funcionamiento del mercado de servicios bancarios y su finalidad es tanto lograr la eficiencia del sistema bancario como tutelar a los sujetos que intervienen en él", sostiene el juez.

Además, añade que "no puede ser que el cliente se limite a dar su consentimiento a ciegas, fiado de la buena fe del banco, a unas condiciones cuyas efectivas consecuencias futuras no se pueden valorar con proporcionada racionalidad por falta de información, mientras que el banco sí la posee".

A su juicio, "no cabe duda alguna de que de haberse informado convenientemente sobre las consecuencias de lo contratado al respecto al alto riesgo del producto, la convención no se habría producido".

Contra la sentencia cabe interponer recurso de apelación que será resuelto por la Audiencia Provincial de Toledo.

Aubanc ha alertado hoy de que los afectados por la comercialización de estos productos financieros "siguen creciendo" en Castilla-La Mancha, pues "disfrazados como seguros contra la subida de tipos, tiene enredados a miles de afectados que han sufrido en sus patrimonios el impacto de las cuantiosas liquidaciones a favor del banco y de las onerosas indemnizaciones por cancelación anticipada de los mismos".

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