Condenan a un alcalde de Toledo por llevar años sin convocar plenos municipales

La justicia da la razón al PSOE por la "inactividad" del alcalde de Añover de Tajo al no convocar los plenos bimensuales

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Toledo ha estimado un recurso del PSOE contra el alcalde de Añover de Tajo, Alberto Rodríguez (IU), al entender que incurre en "inactividad" por no convocar los plenos extraordinarios bimensuales desde el 28 de noviembre de 2020 tal y como se acordó en julio de 2019.

Según la sentencia, recogida por Europa Press, se declara que inactividad administrativa indicada en la presente resolución vulneró el derecho de la participación política de los concejales, y se condena a costas al denunciado.

El PSOE de Toledo ha emitido una nota al respecto en la que recalca que el fallo "deja claro que Alberto Rodríguez incumplió el acuerdo adoptado sobre la periodicidad de las sesiones".

"Asimismo y ante la excusa de la pandemia esgrimida por el alcalde, el juez especifica que la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local contempla cuando concurran situaciones excepcionales "constituir, celebrar sesiones y adoptar acuerdos a distancia por medios electrónicos y telemáticos", añaden los socialistas.

Esta sentencia, según el PSOE, "confirma la actitud de bloqueo continuo a la labor de oposición que practica Alberto Rodríguez, quien previamente a esta sentencia ya había estado durante un año entero, entre noviembre de 2019 y noviembre de 2020, sin convocar pleno ordinario del Ayuntamiento, actitudes poco democráticas que desde que gobierna en coalición con el Partido Popular ya le han reportado otras condenas judiciales".

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