El jurado del juicio celebrado este martes en la Audiencia Provincial de Toledo contra C.D.C. y F.C.D., acusadas respectivamente de acabar con la vida de su pareja sentimental en la madrugada del 26 de diciembre de 2018 en la localidad toledana de Casarrubios del Monte, y de encubrir los hechos, respectivamente, ha declarado culpable a las dos encausadas por unanimidad.
Los 9 miembros del jurado han considerado tras una breve deliberación que, dados los testimonios de reconocimiento de los hechos, quedaba suficientemente acreditado que C.D.C. acabó con la vida de su marido M.T.S.B. mediante una puñalada en el pecho en el transcurso de una pelea familiar, en la que también hirió a la familiar de la víctima F.A.G.B., incurriendo en los delitos de homicidio y lesiones.
Asimismo, han estimado la culpabilidad de F.C.D. por el delito de encubrimiento, al haber asistido y facilitado la huida de la acusada y su ocultamiento de la justicia durante 4 meses tras el homicidio.
El portavoz del jurado ha señalado que, "en base a la confesión de las acusadas en el momento del juicio, así como la declaración de la médico forense y los agentes de policía, es bastante obvio".
REBAJA DE LA PETICIÓN DE CONDENAS
Tras la lectura del veredicto, la fiscal ha reiterado su petición de condenas rebajadas de 9 años de prisión para la principal acusada C.D.C. por los delitos de homicidio y lesiones, así como de 6 meses de prisión a F.D.C. por el delito de encubrimiento, "en consecuencia de la aplicación de estos dos atenuantes" de reconocimiento tardío de los hechos y voluntad de reparación de los daños.
Un planteamiento secundado por la acusación particular y también suscrito por el abogado de la defensa.
Antes de la celebración del juicio, la fiscalía había solicitado penas de 15 años por homicidio y 4 años por el delito de lesiones para C.D.C., así como 3 años de prisión para F.D.C. por encubrimiento. Por su parte, en un principio la acusación particular elevaba la petición de prisión a 17 años.
Además, ha solicitado una pena de responsabilidad civil consistente en el pago de 120.000 euros a los familiares de la víctima, de los cuales 80.000 euros estarían destinados a la hija en común de la acusada y la víctima, y 40.000 euros para los padres de la víctima.
Concluidas estas observaciones, el jurado ha quedado disuelto y el juicio visto para sentencia, que tendrá que dictaminar la sala.
RECONOCIMIENTO DE LOS HECHOS
Durante su declaración, visiblemente afectada, C.D.C. ha señalado que admitía "todo tal cual lo que dice la fiscal". Ha señalado que sus recuerdos de los hechos son borrosos, ya que "había muchísimo bullicio", por lo que "recuerda todo muy borroso, como en las películas". Tan solo ha discrepado con la fiscal en su intencionalidad dolosa, negando que portase el cuchillo cuando acudió a la parcela donde se produjeron los hechos y afirmando que había acudido "para pedir disculpas, para que la cosa no fuese a más".
Por su parte, F.C.D., acusada de encubrimiento, ha indicado que "no consideraba que estuviese cometiendo ningún delito" y que se limitó a ayudar a la acusada como ayudaba al resto de familiares "por los niños".
Según la descripción de los hechos, en la que coinciden tanto la fiscalía y la acusación particular, como la defensa, la reyerta familiar se produjo en la madrugada del 26 de diciembre, tras la celebración de una cena familiar navideña.
Sin embargo, la pelea familiar había comenzado varias horas antes, en la mañana del 25 de diciembre, en el Hospital de Talavera de la Reina, cuando la acusada discutió acaloradamente con una familiar de su marido.
Tras esta pelea, varios miembros de la familia de M.T.S.B. habrían acudido al domicilio de la madre de la víctima, causando numerosos daños materiales.
A raíz de este segundo desencuentro, la acusada, C.D.C., acudió al lugar en el que los familiares de M.T.S.B. se encontraban reunidos con motivo de las fiestas navideñas, donde se inició una tercera pelea.
En el transcurso de estos hechos, la acusada, provista de un cuchillo, habría provocado una herida de 5 centímetros en la cadera izquierda a F.A.G. B., tía de su marido y, posteriormente, una herida mortal en el pecho con el mismo cuchillo a su marido, M.T.S.B., por la que falleció apenas unos minutos después.
Tras el suceso, la acusada habría huido a varias localidades de la geografía española, permaneciendo lejos de la justicia durante cuatro meses, hasta su detención en Jaén el 8 de abril de 2019.
Durante ese tiempo, su familiar F.A.G.B., le habría proporcionado distintos tipos de ayuda, entre ellas la disposición de líneas telefónicas para poder comunicarse sin ser localizadas por la policía.
DIFICULTADES EN LA INVESTIGACIÓN
Tras el reconocimiento de los hechos por parte de las acusadas durante su testimonio, la fiscalía ha renunciado a la mayor parte de la prueba testifical, realizando una nueva petición in situ de penas de prisión, en las que incluyen las circunstancias atenuantes de reparación del daño y reconocimiento tardío de los hechos.
Previamente, durante su exposición de los hechos, la fiscal había destacado las complicaciones que se habían dado durante la investigación, ya que se había producido una gran "dificultad para encontrar testigos porque las normas de estos tipos de clanes establecen que no se pueda colaborar con la justicia".
Un elemento corroborado por las declaraciones de los dos agentes de policía interrogados durante la vista, únicos testigos que han presentado testimonio antes de la renuncia a la mayor parte de la prueba por parte de los letrados.