Anulan el cambio de horario de un policía local de Toledo por ser impuesto

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Toledo ha anulado la modificación del horario de un agente de la Policía Local de Toledo por no haber si pactada, sino impuesta de forma unilateral por el Ayuntamiento de Toledo.

Así consta en una sentencia distribuida por el Sindicato Profesional de Policías Locales de Castilla-La Mancha en la que el juez considera que el cambio de horario vulnera lo establecido en el acuerdo marco que rige las relaciones laborales en Toledo.

El juez sostiene que, a no ser que concurran circunstancias de emergencia, el horario sólo puede ser modificado con el conocimiento previo y el acuerdo del afectado, algo que no se produjo en este caso.

El agente, funcionario de carrera, prestaba servicio en el turno de proximidad con un horario adaptado a los horarios escolares y comerciales, es decir, de lunes a viernes de 8.30 a 14.30 horas y dos tardes semanales de 17.30 a 20.00 horas, pero esas condiciones fueron modificadas de forma unilateral por el Ayuntamiento en enero de 2012.

El Ayuntamiento puede recurrir la sentencia ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha.

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