Absuelto el exalcalde socialista de Seseña del delito de blanqueo de capitales por El Quiñón

La Audiencia Provincial de Toledo ha absuelto al exalcalde de Seseña (Toledo) José Luis Martín, así como a sus tres hijos y dos promotores del supuesto delito de blanqueo de capitales durante el desarrollo del PAU de la urbanización El Quiñón

La Audiencia Provincial de Toledo ha absuelto al exalcalde de Seseña (Toledo) José Luis Martín, así como a sus tres hijos y dos promotores del supuesto delito de blanqueo de capitales durante el desarrollo del PAU de la urbanización El Quiñón.

Según la sentencia de la sección segunda de la Audiencia toledana, a la que ha tenido acceso Efe, no puede demostrarse que haya existido una actividad delictiva de la cual haya surgido el dinero supuestamente blanqueado, circunstancia necesaria.

En un primer momento, la querella presentada por la acusación, Izquierda Unida, ante la Fiscalía Anticorrupción en julio de 2006 contemplaba el delito de prevaricación cometido por el exalcalde en la tramitación del PAU aprobado en 2003, pero finalmente todos los acusados fueron juzgados solamente por el delito de blanqueo de capitales.

La Audiencia provincial argumenta que el delito de blanqueo de capitales precisa, "como antecedente necesario, la identificación de la previa actividad delictiva que ha producido o determinado las ganancias que pretenden ser transformadas a través de operaciones reales o simuladas en rendimientos o bienes derivados de actividades lícitas".

Fue el 6 de noviembre de 2014 cuando la sección primera de la Audiencia provincial de Toledo dictó un auto en el que apuntó que "no cabe hablar de ilegalidad evidente, flagrante, grosera y clamorosa" en la aprobación del plan urbanístico de El Quiñón y acordó el sobreseimiento del delito de prevaricación por parte de Martín.

El auto recogía que no hay prevaricación si "por tres veces se han pronunciado los tribunales declarando la legalidad del PAU y su adjudicación".

Ahora, ante esta circunstancia, la sección segunda de la Audiencia apunta: "Cuando respecto del delito o actividad delictiva origen de los bienes exista un previo pronunciamiento de absolución o sobreseimiento firme no puede sostenerse que el delito grave antecedente exista y consiguientemente tampoco el de blanqueo de capitales".

La acusación basó su denuncia en los ingresos en efectivo, en cuentas en las que aparece el exregidor y sus hijos, de grandes cantidades cuyo origen no aparece debidamente justificado y que no obedece a rendimientos derivados del trabajo o del capital.

Durante el juicio (que tuvo lugar a mediados de marzo) el abogado del exalcalde argumentó que el origen del patrimonio está en un premio de la lotería de la ONCE por valor de 144.000 euros que le tocó a Martín en el año 2000, al que se suma otro premio de 30.000 euros que ganó uno de los hijos en el mismo sorteo; así como en su actividad durante aquella época como intermediario inmobiliario, principalmente, en la provincia de Málaga.

En el juicio también declaró como testigo el constructor Francisco Hernando "El Pocero", mientras que, haciendo uso de la última palabra a la que tiene derecho un acusado, el exalcalde de Seseña afirmó que su situación era consecuencia de "una venganza política por parte de IU", que, a su juicio, no le perdonó que pactase con el PP en 1987.

En los comicios municipales de 1987, IU consiguió en Seseña 5 concejales, el PSOE 4 y el PP 2, y fue un pacto entre su partido y los 'populares', el que impidió que gobernase IU.

La fiscal pedía cuatro años de prisión para José Luis Martín y dos para el resto de acusados, así como una multa para los dos promotores de 473.000 euros y para el resto de entre los 1,4 y 2,1 millones de euros.

Contra esta sentencia, cabe la presentación de un recurso de casación ante el Tribunal Supremo en los cinco días siguientes de la notificación de la misma.

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