Bajan un 5,9% las denuncias por violencia machista en el segundo trimestre en CLM

Los juzgados de la comunidad autónoma recibieron en el segundo trimestre del año un total de 1.326 denuncias por violencia de género

Las denuncias por violencia de género descendieron en Castilla-La Mancha un 5,9 por ciento en el segundo trimestre del año en relación a las del mismo periodo de 2019, mientras que el número de mujeres víctimas de este tipo de violencia también bajó un 4,26 por ciento con respecto al año anterior.

Los juzgados de la comunidad autónoma recibieron en el segundo trimestre del año un total de 1.326 denuncias por violencia de género, lo que supone una disminución interanual del 5,9 por ciento, según la estadística hecha pública este viernes por el Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género del Consejo General del Poder Judicial.

De ellas, 108 denuncias fueron presentadas por la propia víctima directamente en el juzgado, y 978 por la víctima a través de los correspondientes atestados policiales, ha informado en una nota de prensa el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJCM).

A su vez, 90 de las denuncias conllevaron intervención directa de la policía, mientras que otras 26 denuncias fueron presentadas por familiares, 49 fueron derivadas de partes de lesiones remitidos por los servicios sanitarios y 73 fueron presentadas por servicios asistenciales y terceras personas.

En el conjunto de denuncias, un total de 1.287 mujeres en Castilla-La Mancha aparecen como víctimas de violencia de género, lo que supone un 4,6 por ciento menos que las que se registraron en el mismo periodo de 2019.

Asimismo, el TSJCM ha apuntado que por primera vez, el informe recoge el número de víctimas menores tuteladas que se pudieron contabilizar en el trimestre, lo que permite saber cuántos hijos e hijas menores de las mujeres maltratadas son también víctimas de la violencia machista.

En el segundo trimestre del año, ascendieron a 32 niños y niñas, de los cuales 24 son de nacionalidad española y ocho de otras nacionalidades.

En cuanto a la ratio de mujeres víctimas de violencia de género por cada 10.000 habitantes fue de 12,6 en Castilla-La Mancha, por debajo de la media nacional situada en 13,8.

En el segundo trimestre del año, los asuntos penales de violencia de género registrados en los órganos judiciales de Castilla-La Mancha, entre el 1 de abril y el 30 de junio de 2020, disminuyeron un 17,5 por ciento con respecto al segundo trimestre del año anterior, ya que este año Ingresaron 1.391 nuevos asuntos frente a los 1.686 que lo hicieron en 2019.

En cambio, aumentó el número de víctimas que se acogió a la dispensa para no declarar, ya que este año 168 víctimas de violencia de género se acogieron a la dispensa legal de la obligación de declarar como testigo, prevista en el artículo 416 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, mientras que en el segundo trimestre de 2019 fueron 88 las víctimas que se acogieron a esta dispensa.

No obstante, el Tribunal Superior de Justicia ha aclarado que el hecho de que una víctima de violencia de género se acoja a la dispensa a la obligación legal de declarar no lleva aparejada obligatoriamente la finalización del proceso judicial, pues ante este tipo de delitos la Fiscalía actúa siempre de oficio. 

Por otra parte, ha explicado que durante el segundo trimestre de 2020 se solicitaron en Castilla-La Mancha 293 órdenes de protección, de las que se adoptaron 207, mientras que en los meses de abril, mayo y junio un total de 86 hombres fueron enjuiciados por violencia de género en la comunidad autónoma, con el resultado de 73 condenas, lo que supone el 84,9 por ciento del total.

El TSJCM ha apuntado que el segundo trimestre de 2020, el más afectado por las consecuencias de la crisis sanitaria de la COVID-19, muestra una disminución interanual en la mayor parte de los indicadores que miden la actividad de los órganos judiciales con competencia en materia de violencia de género.

Y ha añadido que este descenso se ha producido a pesar de que la declaración del estado de alarma y, con ella, la suspensión de los plazos procesales.

Aunque ha subrayado que esta suspensión "no afectó a las actuaciones encomendadas a los servicios de guardia, a las actuaciones con detenido, a las órdenes de protección, a las actuaciones urgentes en materia de vigilancia penitenciaria y a cualquier medida cautelar en materia de violencia sobre la mujer o menores", ya que fueron declaradas actividades esenciales.

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