La UCLM declara inhábil el periodo comprendido entre el 6 y el 8 de abril

Se trata de un acuerdo adoptado por el Consejo de Gobierno de la Universidad de Castilla-La Mancha el pasado 11 abril de 2019 por el que se aprobó el calendario académico para el curso 2019/2020, considerando el calendario laboral de la Universidad

La Universidad de Castilla-La Mancha (UCLM) ha declarado inhábil el periodo comprendido entre el 6 y el 8 de abril, ambos inclusive, según la resolución de la Institución académica que ha publicado este martes el Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) y recoge Europa Press.

Se trata de un acuerdo adoptado por el Consejo de Gobierno de la Universidad de Castilla-La Mancha el pasado 11 abril de 2019 por el que se aprobó el calendario académico para el curso 2019/2020, considerando el calendario laboral de la Universidad.

La presente resolución no afectará, en ningún caso, al cómputo de los plazos para interponer recursos en vía administrativa y jurisdiccional contra actos administrativos de la Universidad de Castilla-La Mancha, ni al cómputo de plazos
judiciales.

El cierre de las instalaciones de la UCLM afecta también a sus oficinas de Registro, hasta el 3 de abril de 2020, por lo que en todas las notificaciones de resoluciones que dicha universidad deba practicar a los interesados en los procedimientos administrativos que se tramitan en la misma, se hará constar expresamente dicha circunstancia.

Por ello, cualquier solicitud o documento que quieran presentar, recurso o reclamación que quieran interponer contra el acto notificado, entre el 6 de abril de 2020 y el 8 de abril de 2020, podrá presentarse en el registro electrónico de la Universidad, en las oficinas de Correos, en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero, en las oficinas de asistencia en materia de registros y en cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Ciudad Real, sede del órgano autor del acto.

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