La Asociación de Gestores Cinegéticos recurre en el Supremo la prohibición de la caza

El presidente de esta asociación ha considerado "arbitraria y discriminatoria" la orden de prohibir la caza en la fase 1 de la desescalada
Imagen de archivo de un cazador practicando la caza en un paraje
photo_camera Asociación de Gestores Cinegéticos recurre en el Supremo la prohibición de la caza

La Asociación de Gestores Cinegéticos de España ha presentado ante el Tribunal Supremo un recurso contra la orden que regula las actividades durante el desarrollo de la fase 1 de la desescalada, en la que se prohíbe la caza.

El presidente de esta asociación, Roberto M. Aparicio, en un comunicado de prensa difundido este jueves, ha considerado "arbitraria y discriminatoria" la orden de prohibir la caza en la fase 1 de la desescalada.

Y ha indicado que el "el hartazgo producido en el sector cinegético y los perjuicios a los autónomos y empresas del sector" que representa la asociación les llevó este miércoles a interponer un recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Supremo.

En la redacción del recurso, han participado varios juristas especialistas en derecho administrativo y cinegético.

En el recurso alegan que, mientras que en el Real Decreto que regulaba el estado de alarma no se prohibía la caza y la pesca, ahora se prohíbe en este nuevo, sin ningún tipo de justificación sanitaria y sin ninguna explicación razonada.

Aparicio ha recordado que la caza y la pesca "nunca han sido suspendidas, siendo estas actividades completamente legales y absolutamente necesarias para el medio natural y base de la subsistencia de la llamada España Vaciada, por más que su ejecución haya estado muy condicionada por las limitaciones al derecho de libre circulación establecidas en el RD 463/2020".

Sin embargo, estima que, por las mismas razones, su vuelta a la normalidad tiene que venir forzosamente de la mano de la restitución del derecho a la libre circulación, "siendo incomprensible que los ciudadanos puedan circular, pero no puedan desarrollar unas actividades que nunca han estado suspendidas".

Además, ha apuntado que "no existen razones sanitarias para impedir realizar actividades que, por su propia naturaleza y por las modalidades que pueden practicarse en este momento de la temporada (básicamente recechos y aguardos), precisan de un enorme aislamiento, sin afección a la sanidad publica, muy superior, por ejemplo, a las actividades al aire libre que sí permite expresamente esa orden", especifica Aparicio.

Por todo lo expuesto, la asociación considera que se trata de una prohibición que "no tiene sustento en el Real Decreto de declaración del estado de alarma, ni tampoco justificada por razones sanitarias y que sólo está motivada por razones ideológicas, lo que esta asociación, en la legítima defensa de sus intereses, no puede admitir de forma impasible".

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