El Supremo rebaja la pensión de un padre a su hijo al demostrar problemas económicos

El Tribunal Supremo ha acordado rebajar la pensión alimenticia mensual que un padre divorciado pasa a su hijo menor de edad y lo ha hecho basándose en su situación económica y en que el hombre ha tenido dos hijos más frutos de una relación posterior.

El alto tribunal acepta el recurso del casación de este hombre después de que la Audiencia Provincial de Madrid confirmara los términos acordados en primera instancia en los que además se suspendían el régimen de visitas de este padre a su hijo, que en la actualidad cuenta con 13 años de edad.

La sentencia, de la que es ponente el magistrado José Antonio Seijas, modifica la pensión alimenticia y la reduce de los 330 euros impuestos por el juzgado de primera instancia a 180 euros mensuales.

Lo justifica amparándose en que el recurrente ha sido a su vez padre de otros dos hijos, el último nacido en 2015, y que el negocio de su actual esposa arroja pérdidas. Todos ellos son datos, reza la resolución, que permiten concretar una nueva prestación de 180 euros al mes.

El alto tribunal reproduce dos sentencias de septiembre y noviembre del pasado año según las cuáles el nacimiento de nuevos hijos fruto de una relación posterior no supone, por sí solo, causa suficiente para modificar la pensión alimenticia de hijos a su cargo, sino que es preciso conocer si la capacidad patrimonial o medios económicos son insuficientes para hacer frente a la obligación.

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