Las autonomías luchan contra la despoblación con decenas de rebajas fiscales

Castilla-La Mancha es la comunidad con mayor número de medidas fiscales en este ámbito, según el listado del estudio del REAF
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Tipos específicos en algunos impuestos y, sobre todo, deducciones especiales siempre que se produzcan en el entorno rural o en áreas con escasos habitantes figuran entre las decenas de medidas fiscales que las comunidades autónomas han aprobado para luchar contra la despoblación.

Son, en general, beneficios fiscales por el nacimiento de hijos, para vivienda, transporte y educación o por iniciativas de emprendimiento, aprobadas hasta ahora por 11 de las 17 comunidades, por orden alfabético Andalucía, Aragón, Asturias, Cantabria, Castilla y León, Castilla-La Mancha, Comunidad Valenciana, Extremadura, Galicia, La Rioja y el territorio vasco de Álava.

Estas iniciativas de las comunidades más afectadas por el problema de la despoblación, aparecen destacadas en uno de los apartados del estudio Panorama de la fiscalidad autonómica y foral 2022, realizado por el Registro de Asesores Fiscales (REAF) del Consejo General de Economistas y presentado esta semana.

El director del Servicio de estudios del REAF, Rubén Gimeno, ha dicho a Efe que "cada vez son más las comunidades autónomas que apuestan por regular beneficios fiscales para los habitantes de zonas despobladas de su territorio con el objetivo, por un lado, de atraer a las familias hacia estos pueblos con escasa población y, por otro lado, frenar los desplazamientos de los habitantes hacía otras zonas con más recursos".

Las ventajas fiscales, ha indicado, se concentran en incentivar los nacimientos, los gastos en guarderías, las compras y alquileres de viviendas, ayudas para paliar el coste del abono transporte de los hijos cuando se tienen que desplazar a estudiar a otros pueblos colindantes e incluso ayudas para minorar los gastos de desplazamientos a estas zonas".

Gimeno ha destacado que esta política fiscal "se lleva haciendo tres o cuatro años, al principio de una forma muy tímida, pero cada vez más comunidades se están uniendo al carro y este año las que estaban haciendo algo siguen haciendo más cosas", aunque "siempre hemos visto -advierte- que muchos de los beneficios fiscales que aprueban las comunidades autónomas son más nominativos que efectivos".

En Andalucía existe, entre otras medidas, una deducción en el IRPF por cada hijo nacido, adoptado o acogido en el período impositivo cuando el nacimiento se produzca en determinados municipios con problemas de despoblación y tipos reducidos en Transmisiones patrimoniales (TPO) (3,5 %) y Actos jurídicos documentados (AJD) (0,3 %) para vivienda habitual con un valor no superior a 150.000 euros en municipios con problemas de despoblación.

Aragón mantiene una deducción en el IRPF del 5 % de las cantidades satisfechas por la adquisición o rehabilitación de vivienda para domicilio habitual en núcleos rurales o análogos y otra de 100 euros por nacimiento o adopción del primer hijo y de 150 euros por el segundo -el doble cuando no se supere determinado nivel de renta- en municipios de menos de 10.000 habitantes.

El Principado de Asturias, que tiene numerosas deducciones, ha establecido este ejercicio como novedad otra del 10 %, con un límite de 300 euros, de los gastos de transporte originados por cada descendiente o adoptado soltero menor de 25 años que conviva con el contribuyente y no tenga rentas anuales, excluidas las exentas, superiores a 8.000 euros y que curse estudios de bachillerato, FP o universitarios fuera de la zona rural en riesgo de despoblación.

Los contribuyentes de Cantabria residentes en zonas rurales calificadas como en riesgo de despoblamiento pueden, entre otras cosas, deducirse en el IRPF el 30 % de los gastos de guardería, con un límite de 600 euros anuales, por hijo menor de 3 años, y 500 euros por los gastos ocasionados al trasladar su residencia habitual a esas zonas por motivos laborales.

Castilla y León desgrava en el IRPF un 25 %, hasta 612 euros, del alquiler de vivienda habitual cuando esta esté situada en un pequeño municipio; un 15 % por la adquisición de viviendas por jóvenes en núcleos rurales y por rehabilitación -con distintas bases y condiciones- y un 35 % por nacimiento o adopción de hijos.

A su vez, Castilla-La Mancha, la comunidad con mayor número de medidas fiscales en este ámbito según el listado del estudio del REAF, estrena este año un tipo del 3 al 5 % en TPO para viviendas en municipios en riesgo de despoblación, y una bonificación del 50 al 95 % en AJD para las primeras copias de escrituras y actas notariales que documenten los actos de agrupación, agregación, segregación y división que se efectúen sobre suelos destinados a uso industrial o terciario en esas mismas localidades.

En la Comunidad Valenciana hay en el IRPF una deducción del 45 %, con un límite de 9.000 euros, de las cantidades invertidas en la suscripción y desembolso de acciones o participaciones sociales de empresas con domicilio fiscal en municipios en riesgo de despoblamiento y otra de, en principio, 300 euros por residir habitualmente en una de esas localidades.

Extremadura ofrece una deducción del 10 % en el IRPF, con el límite de 400 euros, de las cantidades satisfechas por alquiler de vivienda habitual en el medio rural y en municipios con menos de 3.000 habitantes.

Otra de las comunidades con más beneficios fiscales de este tipo, Galicia, presenta este año como novedad una deducción del 100 % en la cuota del TPO por la compra de inmuebles en parroquias consideradas zonas poco pobladas o áreas rurales, y que se afecten como inmovilizado material a una actividad económica.

En La Rioja, existe una deducción del 8 % en el IRPF por adquisición o rehabilitación de segunda vivienda en el medio rural -comprada antes del 1 de enero de 2013- con un límite anual de 450,76 euros y una base máxima de 9.040 euros.

Finalmente, en Álava hay numerosas novedades este ejercicio, entre ellas que las actividades económicas en zonas o núcleos con riesgo de despoblación apliquen en el IRPF el coeficiente general de gastos del 45 % en vez de 10 % general o una deducción del 35 %, con un límite de 2.800 euros anuales, para contribuyentes cuya vivienda habitual se ubique en una de esas áreas.

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