La Comisión de Salud Pública aprueba cerrar el interior de los bares en zonas de alto riesgo

Madrid, Cataluña, País Vasco, Melilla y Ceuta son las comunidades autónomas en riesgo alto a día de hoy
La Comisión de Salud Pública aprueba cerrar el interior de los bares en zonas de alto riesgo, hostelería, hosteleros, cafetería, 
photo_camera La Comisión de Salud Pública aprueba cerrar el interior de los bares en zonas de alto riesgo

El Ministerio de Sanidad y las comunidades han recrudecido las recomendaciones que ya hicieron en octubre para contener el coronavirus, con especial atención a los espacios cerrados como el interior de la hostelería, incluidas terrazas de más de dos cerramientos, que proponen clausurar en momentos de alta incidencia.

Lo han hecho en la actualización del documento de "Actuaciones de respuesta coordinada para el control de la transmisión de la covid-19", vigente desde el pasado 22 de octubre, que contiene una batería de medidas que, en cualquier caso, compete a las comunidades poner o no en marcha.

El conocido como "Semáforo de Sanidad" se ha adaptado tras haberse acumulado una gran cantidad de evidencia científica sobre el riesgo de transmisión en lugares cerrados, mal ventilados, con afluencia de muchas personas y donde no se observen las medidas de distanciamiento e higiene y prevención durante todo el tiempo.

Una evidencia que ha demostrado que la reapertura de restaurantes ha producido el mayor número de infecciones adicionales (comparado con mantenerlos cerrados), seguidos de los gimnasios, hoteles y lugares de culto.

No en vano, el 80 % de todas las infecciones estimadas, recuerda, provendría solo del 10 % de establecimientos con más transmisión.

CIERRE DE INTERIORES DE BARES, GIMNASIOS Y SALAS DE APUESTAS

Por todo ello, plantea que en las situaciones de riesgo alto o muy alto (niveles 3 y 4 de alerta, que para darse deben cumplir una incidencia a 14 días superior a 150 y 250 casos por cada 100.000 habitantes, respectivamente, entre otros indicadores), se suprima el servicio en los interiores de los establecimientos hosteleros.

Ya en octubre apuntaba a valorar esta opción a partir de la misma incidencia, solo que ahora incluye las terrazas cerradas, es decir, todas aquellas que tengan más de dos cerramientos; hasta ese tope se consideran exteriores, tal y como establece la ley antitabaco de 2010.

En el escalón inferior de riesgo (nivel de alerta 2), propone reducir el aforo a un tercio, una ocupación máxima de 6 personas por mesa o agrupación de las mismas, garantizar la distancia de al menos 2 metros entre sillas de diferentes mesas y la prohibición del consumo en barra y música a alto volumen, medidas que mantiene en el nivel 1, aunque en este caso eleva el aforo a la mitad.

La recomendación no afecta solo a los bares, ya que también propone el cierre de otros interiores como el de salas de bingo, casinos, salones recreativos y de juegos, locales específicos de apuestas y también los gimnasios a partir del nivel 3 de alerta.

Si alcanzan el nivel 4, sugiere valorar el cierre o mayor reducción de aforo -que fija en el 50 % en el nivel 3- de cines, teatros, auditorios, circos de carpa y espacios similares, así como locales y establecimientos destinados a actos y espectáculos culturales.

Por el contrario, incluso en el nivel de riesgo más alto, considera que las clases deben ser presenciales en educación infantil, primaria, ESO, bachillerato y formación profesional (básica, de grado medio y superior) y enseñanzas equivalentes, no así la universitaria, que deberá ser "a distancia en la medida de lo posible".

RESTRICCIÓN DE AFORO TAMBIÉN EN EXTERIORES

Igualmente, endurece los límites de aforo en distintos establecimientos y eventos, ya que controlarlo también ha demostrado una gran efectividad: por ejemplo, limitarlo al 20 % redujo las infecciones en más del 80 %, aunque solo disminuyeron las visitas totales en un 42 %.

Asimismo, la reducción a la mitad el número de nuevas infecciones esperadas se consiguió estableciendo aforos de 35 % o inferiores.

Por ejemplo, en la celebración de velatorios, entierros y ceremonias fúnebres, la sugerencia es reducirlo a un tercio en espacios cerrados con un máximo 10 personas y restringir a 20 los asistentes si se celebran en espacios abiertos.

En las terrazas de un máximo de dos cerramientos, a partir del nivel 3 el aforo no debería superar el 75 % con un máximo de 6 clientes por mesa; en el nivel siguiente lo reduce al 50 % limitando además los horarios y los comensales a 4 como mucho.

Si la tendencia es ascendente y supera los 500 casos por 100.000, lo aconsejable es el cierre del establecimiento permitiéndose solo el servicio de recogida y entrega para consumo a domicilio.

Los consejos afectan también a playas y piscinas, de manera que recomienda limitar el aforo en las primeras a la mitad y a un tercio el de las piscinas al aire libre cuando el riesgo es alto. Las cubiertas deberían cerrar en un nivel 4.

CÁLCULO DEL RIESGO

Como en la versión anterior, para calcular el riesgo la actualización establece ocho indicadores que divide en dos bloques, uno que evalúa el nivel de transmisión a través de seis datos -incidencia acumulada a 7 y 14 días, las mismas pero referidas a la población mayor de 65 años; el porcentaje de positividad de las pruebas diagnósticas y el de casos con trazabilidad-.

El segundo mide el grado de utilización de servicios asistenciales por covid-19 en función de la ocupación de camas ordinarias y plazas uci por estos pacientes.

Los escenarios posibles de riesgo son cinco: nueva normalidad, bajo, medio, alto y muy alto; la combinación de indicadores de ambos bloques sitúa al territorio en uno de ellos que se corresponde con cuatro niveles de alerta, cada uno de los cuales tiene asociado una serie de medidas.

Así por ejemplo, para que una zona se sitúe en el Nivel 1 de alerta, debe suceder que al menos dos indicadores del bloque I y uno del bloque II están en nivel bajo; para el nivel 4, deben concurrir al menos al menos dos indicadores del bloque I y uno del bloque II en nivel muy alto.

En este escenario de riesgo extremo, la incidencia debe superar los 250 casos por cada 100.000 habitantes a 14 días y los 125 en los mayores de 65 años. Pero, además se tendría que dar una positividad del 15 % y una trazabilidad del 30 %, junto con un nivel de ocupación hospitalaria por coronavirus de 15 % de las camas y las ucis al 25 %.

Mientras, en el nivel anterior, la incidencia en dos semanas debería ser superior a 150 (100 en mayores de 65), la positividad de entre el 10 % y el 15 % y la trazabilidad entre el 30 % y el 50 %.

TAMBIÉN CUENTA LA TENDENCIA

No obstante, una de sus principales novedades es que para situar un territorio en un nivel u otro de riesgo tiene en cuenta también la tendencia, de manera que si un área presenta un crecimiento exponencial también se podrían aplicar las recomendaciones aunque no cumpla alguno de los indicadores impuestos en cada escenario de alerta.

De forma que en situaciones con un riesgo de transmisión elevado, en las que se detecte un empeoramiento brusco de la situación epidemiológica -como por ejemplo un aumento rápido de incidencia en una semana-, se podrá establecer el nivel de alerta valorando únicamente los indicadores de uno de los bloques, teniéndose en cuenta el valor más alto de cualquiera de ellos.

También hace especial hincapié en la necesidad de ser "prudente" en los procesos de desescalada: "Es importante que la situación epidemiológica esté consolidada antes de rebajarlas y dar el tiempo suficiente, en general de dos semanas, para evaluar el impacto que sobre la incidencia tiene la nueva estrategia adoptada antes de continuar", concluye. 

Comentarios