Junta vuelve a ofrecer la 'caza social' en los cotos sociales de Castilla-La Mancha

La Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural ha hecho pública este jueves en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) de la orden que regula la caza social en los cotos sociales y zonas colectivas de caza en Castilla-La Mancha, con lo que recupera una actividad demandada por los cazadores.

Según la orden, consultada por Efe, a través de esta decisión la Junta establece la regulación de la oferta pública y la adjudicación de los permisos de caza en los cotos sociales y zonas colectivas de caza.

De esta manera, la Junta volverá a ofrecer a los cazadores de la región la posibilidad de practicar la caza en los cotos de la Junta, actividad que dejó de realizarse en el año 2012 cuando cedió la gestión de estos espacios a manos privadas.

La recuperación de la caza social en Castilla-La Mancha era una de las reivindicaciones de la Federación de Caza de Castilla-La Mancha en los últimos años.

La Orden establece que la gestión de la caza en cotos sociales y zonas colectivas de caza se realizará de acuerdo con su Plan de Ordenación Cinegética aprobado por la Dirección General de Política Forestal y Espacios Naturales.

Durante el mes de diciembre de cada año, la Dirección Provincial de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural de la provincia donde se ubique el coto social o zona colectiva de caza, o la mayor parte de su superficie, elevará a la Dirección General para su aprobación, el Plan Anual de Aprovechamiento Cinegético que habrá de regir durante el siguiente año.

En dicho plan deberán constar los días hábiles de caza, las modalidades de caza, el número de ejemplares de cada especie a cazar, las limitaciones cinegéticas especiales aplicables, cuantificación de los cupos asignados a cada categoría de cazadores y, en general, todo aquello que sirva para la más correcta ordenación de su aprovechamiento cinegético.

La orden también recoge cómo se establecen los cupos de reparto para establecer los cazadores que a nivel local, provincial, autonómico y nacional puedan cazar en estos cotos.

Del total de los permisos disponibles de un coto social, se distribuirá asignando a cada grupo de cazadores local y autonómico un 40% de ellos, y el restante 20% para el grupo de cazadores nacionales, según su Plan Anual de Aprovechamiento Cinegético.

La adjudicación de los correspondientes permisos se realizará mediante sorteo público en los Órganos Provinciales.

Durante las cacerías de caza mayor, los cazadores estarán bajo la supervisión de personal de la Consejería, que ostentará su representación, debiendo ser respetadas sus decisiones en todo cuanto se refiera a la acción de caza, pudiendo suspender definitivamente la cacería cuando a su juicio existan razones que aconsejen o hagan necesaria esta decisión.

La Orden también establece que el cazador asumirá los gastos derivados de la celebración de la jornada de caza, por lo que habrá de abonar la cuota que se establezca.

En las modalidades de monterías, ganchos y batidas, el cazador tendrá derecho únicamente al trofeo de las reses abatidas.

La Junta también establece que, si así se estima conveniente por la dirección técnica del coto social, se podrán incluir en el plan anual de aprovechamiento cinegético permisos individuales para aguardos nocturnos o recechos de jabalí. 

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