A información pública la Orden de veda de caza en CLM de la temporada 2020/2021

Este borrador estará a disposición de las personas interesadas en el tablón de anuncios de la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y habrá un plazo de 20 días naturales contados a partir del siguiente al de su publicación para formular observaciones, sugerencias o alegaciones
La temporada de caza arranca este fin de semana en Castilla-La Mancha, cazador
photo_camera A información pública la Orden de veda de caza en CLM de la temporada 2020/2021

La Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad ha iniciado el trámite de información pública del borrador de la Orden por la que se fijan los períodos hábiles de caza y las vedas en Castilla-La Mancha para la temporada cinegética 2020-2021.

Así lo ha publicado este miércoles el Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) consultado por Efe, en el que se indica que cualquier persona física o jurídica pueda examinarlo y formular las observaciones, sugerencias o alegaciones que estime pertinentes.

Este borrador estará a disposición de las personas interesadas en el tablón de anuncios de la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y habrá un plazo de 20 días naturales contados a partir del siguiente al de su publicación para formular observaciones, sugerencias o alegaciones.

Entre estas novedades destaca que en el proceso de tramitación se ha tomado en consideración la fenología y población de las aves declaradas cinegéticas en Castilla-La Mancha con el fin de determinar su estatus en la región y la idoneidad de incluirlas como especies cinegéticas.

A la vista del informe sobre la evolución poblacional y estado de conservación de diversas especies de anátidas cinegéticas invernantes en Castilla-La Mancha, se elimina de especies cazables el ánsar común, reduciendo el periodo hábil de ánade friso, cerceta común, focha común y pato cuchara y modificándose sus cupos.

Además, desde la Junta se quiere impulsar la realización de un plan de gestión para el fomento de las especies de aves acuáticas asociado a un programa de medidas de conservación de las especies.

La Orden también propone seguir las recomendaciones del Plan de Acción para la Recuperación de la tórtola europea, de tal forma que la esta especie se podrá cazar exclusivamente desde el quinto sábado de agosto hasta el primer domingo de septiembre con una limitación de capturas de 5 ejemplares por cazador y día y sólo podrá cazarse dos días por semana.

Se prohíbe la caza de la tórtola a una distancia inferior a 200 metros de aguaderos y comederos para la especie y a una distancia inferior a 200 metros en el entorno de cultivos de girasol.

Se indica limitación horaria de la práctica de la caza, cesando la actividad a las 12:00 horas del mediodía, aunque puede sustituirse por horario de tarde a partir de las 17:00 horas previa comunicación a la Administración.

También se ajusta el periodo de caza de la avefría hasta el 20 de enero para no interferir en el periodo de migración prenupcial de la especie.

Considerando que uno de los periodos de caza de los machos de corzo comienza el 1 de abril de 2021, antes de la publicación de la correspondiente Orden para la temporada cinegética 2021/2022, se hace preciso su regulación en esta Orden.

También, se establece un periodo para la caza de las hembras de esta especie en aquellos cotos que lo tengan autorizado en su plan de ordenación.

Por otro lado, la Orden incluye la obligatoriedad de desplazar desde su lugar de abatimiento con precinto colocado y marcada la fecha de captura, a los trofeos de piezas de caza mayor abatidos en las modalidades de rececho o aguardo, salvo el jabalí.

Como medida biosanitaria, de control de daños a la agricultura y a las especies silvestres y medida preventiva de accidentes de tráfico, es necesario seguir reduciendo las poblaciones de jabalí, aumentando el periodo hábil de caza un mes, desde mayo hasta principios del mes de octubre, mediante la modalidad de esperas o aguardos en el entorno de cultivos y praderas.

Así mismo, al objeto de vigilar el estado actual de determinadas poblaciones de especies cinegéticas se establece la obligación de comunicar determinados resultados de capturas antes de la finalización de la temporada cinegética.

Se incluyen como especies comercializables en vivo o en muerto las especies incluidas en el listado de especies cazables en Castilla-La Mancha.

Por otro lado, se autoriza a las granjas cinegéticas de muflón autorizadas antes de 2011, a que pueden seguir comercializando fuera de Castilla-La Mancha.

Comentarios