A información el cambio de la financiación de los servicios de atención primaria

A partir de este miércoles, y durante un periodo de 20 días, se podrán presentar alegaciones

La Consejería de Bienestar Social ha abierto un período de información pública para el proyecto de orden que elabora y con la que pretende modificar los criterios de financiación para la suscripción de convenios con las entidades locales para la prestación de servicios sociales de atención primaria en Castilla-La Mancha. A partir de este miércoles, y durante un periodo de 20 días, se podrán presentar alegaciones.

Así consta en la resolución de la Secretaria de la Consejería de Bienestar Social, que publica este martes el Diario Oficial de Castilla-La Mancha y recoge Europa Press, en la que se indica que, dada la importancia que tiene el proyecto que se está tramitando y el amplio número de personas destinatarias a las que afecta, se considera conveniente la apertura de un periodo de información pública, que permita mejorar su contenido con las alegaciones u observaciones que los ciudadanos consideren oportunas.

Dicho proyecto de orden estará a disposición de las personas interesadas en el tablón de anuncios electrónico de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, incluido en la sede electrónica, en la dirección http://www.jccm.es, para que las personas interesadas puedan presentar las alegaciones u observaciones que estimen oportunas.

Quien desee formular alegaciones deberá dirigirlas a la persona titular de la Dirección General de Acción Social de la Consejería de Bienestar Social, avenida de Francia 4, 45071-Toledo.

Las personas físicas podrán presentar sus alegaciones preferentemente a través de la dirección de correo electrónico [email protected], en el registro electrónico de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en la siguiente dirección: http://www.jccm.es, así como en los servicios centrales de la Consejería de Bienestar Social, en las direcciones provinciales de la misma y en cualquiera de los registros y oficinas señalados en la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En el caso de que las alegaciones las formule alguno de los sujetos obligados a relacionarse con la Administración por medios electrónicos, se presentarán únicamente a través de medios electrónicos.

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