Detectados 2.328 conductores españoles con alcohol o drogas al volante en una semana

Los agentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil han detectado en tan solo una semana a 2.328 conductores que se habían puesto al volante después de haber consumido alcohol o drogas, ha informado la Dirección General de Tráfico

Detectados 2.328 conductores españoles con alcohol o drogas al volante en una semana
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Los agentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil han detectado en tan solo una semana a 2.328 conductores que se habían puesto al volante después de haber consumido alcohol o drogas.

Según informa la Dirección General de Tráfico (DGT), esos son los resultados de la campaña de control llevada a cabo entre el 14 y el 20 de diciembre, una semana en la que se han realizado 154.474 pruebas, en las que 570 conductores dieron positivo a drogas y 1.758 a alcohol.

Respecto a las pruebas salivales de detección de drogas, los agentes han practicado 1.679 a conductores que presentaban algún síntoma de haber ingerido alguna sustancia, habían cometido alguna infracción o que se habían visto implicados en un accidente.

De ellos, 570 han resultado positivas, es decir el 32 %, y a 564 de esos conductores se les ha abierto expediente sancionador por vía administrativa.

Otros seis han sido puestos a disposición judicial al presentar signos evidentes de conducir bajo la influencia de las drogas tras haberse visto implicado en un accidente y a uno por negarse a someterse a la prueba de drogas.

Como ya es habitual, entre las drogas más consumidas están el cannabis (428 casos), la cocaína (161 casos) y las anfetaminas (46 casos).

La relación entre este tipo de sustancias y la conducción se refleja también en que más de la mitad de los conductores que fueron sometidos al test salival por cometer una infracción (96) dio positivo a drogas (53).

Tráfico recuerda que las pruebas salivares para la detección de drogas se están incrementando progresivamente con la idea de llegar a generalizarse como las que se hacen para el alcohol.

Este incremento progresivo de los controles de drogas se debe al alto porcentaje de conductores que conducen con presencia de drogas y alcohol al volante.

En cuanto a las 152.795 pruebas de alcohol realizadas, 1.758 conductores han dado positivo y de ellos 1.544 fueron detectados en controles preventivos, 73 tras haber cometido una infracción, otros 122 por estar implicado en un accidente y 19 más por presentar síntomas evidentes de ingesta de alcohol.

A 1.480 se les ha abierto expediente sancionador por vía administrativa, mientras que a los 278 restantes se les han instruido diligencias para su traslado a la autoridad judicial por superar la tasa de 0,60 miligramos de alcohol por litro de aire espirado (mg/l).

Contra 16 conductores se han abierto diligencias y han sido puestos a disposición judicial por negarse a realizar las pruebas de alcoholemia.

Las tasas máximas de alcohol permitidas en aire espirado son de 0,5 mg/l para los conductores generales, 0,15 mg/l para los profesionales y para cualquier conductor que tenga menos de dos años con su permiso o licencia de conducir.

La reforma de la Ley de Seguridad Vial incrementó las sanciones y puso a los reincidentes en el punto de mira: para los que hubieran sido sancionados en el año inmediatamente anterior por dar positivo a alcohol, la multa es de 1.000 euros y la pérdida de cuatro a seis puntos, dependiendo de la tasa dada.

Se prevé la misma sanción económica y seis puntos para los conductores que circulen con una tasa que supere el doble de la permitida.

Para los no reincidentes con una tasa de entre 0,25 y 0,50 miligramos de alcohol por litro de sangre, la sanción es de 500 euros y cuatro puntos del carnet.

En el caso de las drogas, la ley prohíbe conducir con presencia de ellas en el organismo, excluidas las sustancias que se utilicen bajo prescripción facultativa y con una finalidad terapéutica.

Esta infracción, catalogada como muy grave, es castigada con una sanción de 1.000 euros y seis puntos.

Mientras, el Código Penal sanciona estas conductas con penas de prisión de tres a seis meses o con multa de seis a doce meses y prohibición de conducir durante entre uno y cuatro años.

También sanciona la negativa a someterse a las pruebas con prisión de 6 meses a un año y con la privación del derecho a conducir de uno a cuatro años.

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