Un juez anula la orden de Madrid que prohíbe fumar en la vía pública y cierra el ocio nocturno

- El juez desestima más aclaraciones a la anulación de la orden que prohíbe fumar y espeta a Madrid que él no "cogobierna".

- La Comunidad de Madrid trabaja para interponer en breve un auto de apelación a la decisión del juez.

Un juez anula la orden de Madrid que prohíbe fumar en la vía pública y cierra el ocio nocturno
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Un juez ha rechazado ratificar la orden dictada por la Comunidad de Madrid para aplicar las últimas medidas consensuadas frente al coronavirus, desde la prohibición de fumar si no se respetan los 2 metros de distancia al cierre del ocio nocturno, lo que ha generado incertidumbre en el sector y en el propio Gobierno regional, que finalmente recurrirá.

En el auto, dictado el pasado jueves por el titular del Juzgado de lo contencioso administrativo número 2 de Madrid y hecho público este viernes, se señala que "desde una comunidad autónoma no se pueden limitar derechos fundamentales con carácter general sin una previa declaración de la alarma".

El juez subraya que la orden de la Comunidad de Madrid con las nuevas restricciones se basa en otra del Ministerio de Sanidad que no ha sido publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE), "cuando, como es sabido, las normas y disposiciones generales tienen que ser publicadas para que sean de obligado cumplimiento para todos".

Además de las restricciones al tabaco y al ocio nocturno, la orden madrileña recogió las medidas acordadas para las residencias de personas mayores relativas a salidas, visitas y pruebas PCR; y la prohibición de comer en el transporte público, unas restricciones que llevó ante el juzgado para su ratificación el propio Gobierno de Isabel Díaz Ayuso.

El magistrado asegura que es consciente de las dificultades a las que se enfrenta el país debido a la pandemia y de la necesidad de conjugar las cuestiones sanitarias y económicas, pero advierte de que la COVID-19 ha dejado al descubierto "muchos problemas normativos y jurídicos" que deben resolverse por los órganos constitucionalmente competentes, respetando la legislación vigente y la jurisprudencia del Tribunal Constitucional.

A su juicio, es innecesario diseñar nuevos instrumentos jurídicos, como piden las comunidades autónomas, porque "ya existen en el ordenamiento español y solo hace falta ponerlos en marcha". Se refiere en concreto a la declaración del estado de alarma, que permitiría restringir derechos fundamentales y libertades.

El auto ofrece la posibilidad de presentar recurso de apelación ante el mismo juzgado en el plazo de quince días.

El Gobierno de la Comunidad de Madrid recurrirá después de que el titular del Juzgado de lo contencioso administrativo número 2 de Madrid haya rechazado su petición de aclarar el contenido del auto, que el Ejecutivo madrileño consideraba "confuso".

Por su parte, Noche Madrid, la asociación de empresarios de ocio nocturno de la Comunidad de Madrid, ha pedido al Gobierno autonómico que aclare si los locales del sector pueden abrir o no, después de recibir "centenares" de consultas por parte de los empresarios.

"Nosotros interpretamos que (el cierre del ocio nocturno) queda en suspenso, pero hemos hecho la consulta a la Comunidad de Madrid para saber, hasta que ellos hagan o no un recurso, en qué situación quedan las empresas. ¿Pueden o no pueden abrir? El juez no lo ha dicho", ha señalado a Efe el portavoz de Noche Madrid.

Para la asociación Hostelería Madrid, en cambio, medidas como la limitación de horario de los locales o la prohibición de fumar en las terrazas a menos de dos metros de otras personas han quedado "sin efecto" después del auto.

Moncloa ha respondido al juez que las medidas contempladas en la orden madrileña son "proporcionales" contra la pandemia, y le recuerda que solo requieren autorización judicial las decisiones que impliquen privación o restricción de la libertad o de otro derecho fundamental.

Recalca además que las medidas que la Comunidad de Madrid dictó fueron aprobadas el pasado viernes en el Consejo Interterritorial, por unanimidad de todas las comunidades y ciudades autónomas, una reunión tras la cual el ministro de Sanidad, Salvador Illa, aprobó una orden y se la notificó a las autonomías.

Entonces, el ministro señaló que el cumplimiento de estas medidas "no es optativo" ni requiere de ratificación judicial, como sí han necesitado otras decisiones "quirúrgicas" que se han ido tomando como los confinamientos parciales.

El asunto ya ha sido tratado en algunos tribunales con resultado opuesto al dictaminado por el juez de Madrid.

Por ejemplo, La Audiencia Nacional ha acordado mantener vigente la orden del Gobierno tras desestimar la petición cautelar de la Federación Catalana de Locales de Ocio Nocturno (FECALON).

Y este mismo viernes la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat (TSJCV) ha dictado un auto por el que desestima la medida cautelarísima pedida por la Asociación de Locales de Restauración y Ocio de Alicante.

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