CLM regula por decreto los Planes de Autoprotección ante emergencias

El Registro de Planes de Autoprotección de Castilla-La Mancha, que entrará en vigor en dos meses, supondrá una disminución de las cargas administrativas respecto a la anterior normativa

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El Gobierno de Castilla-La Mancha ha aprobado un decreto, que entrará en vigor en dos meses, para regular el registro de planes de autoprotección para mejorar la organización de la información y aumentar la eficacia en la respuesta a las emergencias.

El decreto, publicado este lunes en el Diario Oficial de la región (DOCM), supone una disminución de las cargas administrativas respecto a la anterior normativa, según ha informado en un comunicado el Ejecutivo castellano-manchego.

El decreto que regula el registro de planes de autoprotección tiene por objeto mejorar la organización de la información necesaria para que los servicios públicos de protección civil desarrollen sus competencias, lo que posibilitará aumentar la eficacia en la respuesta ante posibles urgencias o emergencias por parte de los intervinientes.

Extiende sus efectos, por una parte a los profesionales directamente concernidos en el ámbito de las emergencias y, por otra, a la población en general, ya que son los usuarios de las distintas actividades que se regulan y, en consecuencia, potenciales y directos afectados del desencadenamiento de un riesgo determinado en los correspondientes planes de autoprotección.

Castilla-La Mancha aprobó un decreto en 2014 que creaba y regulaba el registro de planes de autoprotección y tras estos años de funcionamiento la práctica ha demostrado que la "desorganización y dispersión" de la información relevante para la gestión de las emergencias dificultaba su transmisión entre los organismos que tienen que gestionarla y los servicios de urgencias y emergencias.

En este sentido, el objetivo del decreto que hoy se publica es que la información esté disponible para su consulta y utilización en el plazo más breve y de la forma más organizada posible.

El registro de planes de autoprotección de Castilla-La Mancha se organizará en hojas registrales para cada centro, establecimiento, dependencia o espacio de aplicación, que recogerán datos generales, de la construcción, del entorno y accesibilidad en caso de emergencia, focos de peligro y elementos vulnerables, instalaciones técnicas de protección contra incendios, relación de los teléfonos del personal de emergencias del centro y planos.

Los titulares de las actividades incluidas en el ámbito de aplicación de este decreto deberán solicitar la inscripción del plan de autoprotección en el registro en el plazo de treinta días desde el inicio de la actividad.

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