Ayuntamientos exponen el censo electoral para elecciones del 11 al 18 de marzo

La exposición del censo electoral está recogida en el decreto de convocatoria de elecciones a partir de los plazos establecidos en la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (Loreg)

Los ayuntamientos expondrán el censo electoral del 11 al 18 de marzo para que los ciudadanos puedan consultar sus datos y comprobar que están inscritos en el mismo para poder participar en las elecciones generales del 28 de abril así como presentar reclamaciones en el caso de que los datos censales contengan algún error.

Los ayuntamientos abren el período de exposición del censo electoral este lunes 11 de marzo y recomiendan la confirmación de inscripción a aquellos que van a votar por primera vez -los que han cumplido 18 años entre el 26 de junio de 2016 (fecha de los anteriores comicios nacionales) y el 28 de abril-, y a los que han cambiado de domicilio o localidad.

La exposición del censo electoral está recogida en el decreto de convocatoria de elecciones a partir de los plazos establecidos en la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (Loreg).

Asimismo, este viernes se constituyen las Juntas Electorales Provinciales y de Zona, cuya composición se publicará hasta el 12 de marzo en los Boletines Oficiales Provinciales.

También se abrió el plazo el 5 de marzo para la solicitud del voto por correo hasta el 18 de abril y el voto de los electores residentes en el extranjero, que podrán pedirlo hasta el 30 de marzo.

Además, las personas invidentes pueden reclamar desde el mismo día de publicación del decreto de convocatoria de elecciones y hasta el 1 de abril la documentación necesaria para poder utilizar papeletas en braille con las que ejercer su derecho al voto sin ayuda de otra persona.

La siguiente fecha destacada serán el 15 de marzo, cuando finaliza el plazo para que los partidos comuniquen si quieren concurrir a las elecciones en coaliciones, para que los ayuntamientos comuniquen los locales y lugares para actos de campaña, y para que los partidos designen a sus representantes provinciales y administradores generales. 

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