El Consejo del Agua informa favorablemente del Plan Hidrológico del río Tajo

Con más de 3.700 millones de inversión hasta 2027, incluye régimen de caudales ecológicos en todas las masas de agua y una inversión de 900 millones a tratamientos de depuración en Madrid
En la imagen un instante de la reunión del Consejo del Agua de la Demarcación Hidrográfica del Tajo
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El Consejo del Agua ha informado favorablemente sobre el Proyecto de Plan Hidrológico de la parte española de la Demarcación Hidrográfica del Tajo (ciclo de planificación 2022-2027), que ha recibido apoyos, en diferente grado, de todos los sectores representados en el Consejo, salvo de los usuarios hidroeléctricos, que se han manifestado en contra de forma conjunta.

De este modo, se creará un marco que facilitará el desarrollo de una gestión sostenible de la cuenca del Tajo durante el período 2022-2027, con el objetivo de alcanzar el buen estado de las masas de agua, así como el desarrollo y bienestar social asociado a una gestión eficiente del dominio público hidráulico.

El presidente de la Confederación Hidrográfica del Tajo, Antonio Yáñez, organismo autónomo adscrito al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, ha presidido una nueva sesión desarrollada a través de medios telemáticos este martes.

El Proyecto aprobado incluye un Programa de medidas que conlleva una inversión superior a los 3.700 millones de euros hasta 2027, fecha en que todas las masas de agua deberán haber alcanzado el buen estado, tal y como informa la Confederación en nota de prensa.

Entre estas, destaca la inversión en infraestructuras de saneamiento y depuración, cercana a los 2.100 millones de euros, de los que más de 900 irán destinados a la mejora de los tratamientos de depuración de las principales depuradoras de la ciudad de Madrid.

Asimismo, este proyecto incluye la implantación de un régimen de caudales ecológicos en todas las masas de agua, así como por la actualización de la normativa aplicable, para una mayor protección del dominio público hidráulico.

50 MODIFICACIONES

El documento se ha sometido durante seis meses a consulta pública, tras un proceso participativo en el resto de fases de su redacción (documentos iniciales y esquema de temas importantes), "apostando por la transparencia y el diálogo con las partes implicadas".

Durante este último período de consulta pública, se recibieron 266 aportaciones con propuestas, observaciones y sugerencias que han sido analizadas, dando lugar a más de 50 modificaciones sobre distintos temas en la versión definitiva del proyecto de Plan Hidrológico.

Una vez obtenido el informe favorable del Consejo del Agua, el documento se trasladará al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

Entre otros trámites posteriores, una vez analizado por el Consejo Asesor del Medio Ambiente, adscrito al MITECO, se destaca el informe que deben realizar el Consejo Nacional del Agua y el Consejo de Estado, y la finalización de la tramitación ambiental estratégica preceptiva.

La aprobación de este documento, con los cambios que se puedan producir en este proceso, será mediante un Real Decreto aprobado por del Consejo de Ministros.

CONSEJO DEL AGUA

El Consejo del Agua de la Demarcación Hidrográfica del Tajo (Parte Española) es el máximo órgano de planificación y participación, y está formado por 75 miembros, que representan a las Administraciones Públicas competentes (Estado, Comunidades Autónomas y Entidades Locales), a los usuarios (abastecimiento, regadío y aprovechamientos hidroeléctricos), así como a organizaciones y asociaciones que defienden intereses ambientales, económicos y sociales.

Los cometidos del Consejo del Agua de la demarcación son, con carácter general, además de promover la información, consulta y participación pública en el proceso de planificación, elevar al Gobierno, a través del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, el Plan Hidrológico de la demarcación y sus ulteriores revisiones, informar las cuestiones de interés general para la Demarcación y las relativas a la protección de las aguas, a los planes de sequía y a la mejor ordenación, explotación y tutela del Dominio Público Hidráulico, o las que le sean encomendadas por el Presidente o la Junta de Gobierno del Organismo de cuenca.

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