TSJCM dicta que prevalece convenio provincial sobre el de empresa en Safenia

El responsable sectorial de Limpieza de la Federación Regional de Servicios FESMC UGT CLM, Félix Frutos
photo_camera El responsable sectorial de Limpieza de la Federación Regional de Servicios FESMC UGT CLM, Félix Frutos

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJCM) ha dado la razón a UGT al hacer prevalecer el convenio provincial sobre el de empresa en Limpiezas Safenia, de Guadalajara.

El Tribunal Superior ha ratificado lo reconocido por el Juzgado de lo Social de Guadalajara que obliga a la firma Limpiezas Safenia a dar marcha atrás en su intento de imponer a sus trabajadores una jornada laboral de 40 horas a la semana, cuando el convenio provincial establece que sea de 38 como máximo, según ha informado en nota de prensa este sindicato.

El responsable sectorial de Limpieza de la Federación Regional de Servicios FESMC UGT CLM, Félix Frutos, ha mostrado su satisfacción por la sentencia del TSJCM número que "nos da la razón y ratifica el fallo del Juzgado de lo Social de Guadalajara en cuanto a la ilegalidad cometida por la dirección de la empresa Limpiezas Safenia que pretendía imponer la jornada máxima a realizar por sus más de 100 trabajadores".

Frutos ha explicado que Limpiezas Safenia, "al amparo del convenio colectivo firmado por el CSI-F", aplicaba una jornada laboral de 40 horas semanales en vez de las 38 fijadas como máximo por el convenio provincial "lo que obliga a los trabajadores a aumentar sus jornadas de trabajo más de 100 horas al año, sin retribuir y perdiendo las cotizaciones y salarios en el caso de los trabajadores a tiempo parcial", ha explicado Frutos.

FESMC UGT CLM había recurrido ante el Juzgado de lo Social nº 2 de Guadalajara el convenio de empresa de Limpiezas Safenia, propiedad de Juan José Cercadillo, expresidente de la Cámara de Comercio de Guadalajara y presidente de la Asociación de Empresas de Servicios de Guadalajara.

Los motivos argumentados por la Federación de Servicios de UGT CLM fueron que Limpiezas Safenia había firmado un "convenio a la carta" que le permitía concursar en licitaciones públicas en "condiciones ventajosas" respecto a otras empresas que sí cumplían el convenio provincial.

Además, consideraba que su convenio de empresa obligaba a sus trabajadores a hacer horas extras sin remuneración, limitaba los complementos de antigüedad, eliminaba los días de asuntos propios, los permisos remunerados por muerte de familiar y por cambio de domicilio, además de suponer una reducción salarial de unos 9.000 euros anuales por trabajador.

El fallo del Juzgado de los Social de abril de 2016, reconociendo estos recortes, fue recurrido por la dirección de la empresa ante el TSJCM, que ahora ha vuelto a dar la razón al sindicato.

"Desde FESMC UGT CLM no vamos a permitir este tipo de actuaciones que aprovecha el vacío de la actual reforma laboral para expoliar derechos a los trabajadores y para hacer competencia desleal en los concursos públicos a costa del dinero de los contribuyentes y de la necesidad de trabajar", ha concluido Frutos.

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