Sanidad decreta medidas nivel 3 reforzado en el municipio de Villanueva de la Torre

En las semanas epidemiológicas 12 y 13 se han declarado en Villanueva de la Torre 27 casos de Covid-19 con una tasa de incidencia en 14 días de 407,2 casos por 100.000 habitantes, lo que hace preciso adoptar medidas de nivel 3 reforzado
En la imagen de archivo el Ayuntamiento de Villanueva de la Torre (Guadalajara)
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La Consejería de Sanidad de Castilla-La Mancha, a través de la Delegación Provincial de Sanidad en Guadalajara, ha establecido medidas especiales de nivel 3 reforzado con el fin de frenar la expansión de la covid-19 en la localidad guadalajareña de Villanueva de la Torre.

Durante la semana epidemiológica 12, que va del 22 al 28 de marzo, en Villanueva de la Torre se declararon ocho casos de la covid-19, con una tasa de incidencia semanal de 120,64 casos por 100.000 habitantes, y en la semana 13, del 29 de marzo al 4 de abril, se han declarado 19 casos con una tasa de incidencia semanal de 286,5 casos por 100.000 habitantes, según ha informado la Consejería de Sanidad en nota de prensa.

Por tanto, a lo largo de las semanas epidemiológicas 12 y 13 se han notificado en Villanueva de la Torre un total de 27 casos de la covid-19, lo que supone una tasa de incidencia acumulada en los últimos 14 días de 407,2 casos por 100.000 habitantes.

La razón de tasas entre ambas semanas es de 2,11, lo que indica una tendencia ascendente en un escenario de elevada incidencia.

Con estos indicadores se observa que Villanueva de la Torre cumple con los criterios establecidos para asignar al municipio un nivel de riesgo muy alto, lo que hace preciso adoptar medidas de nivel 3 reforzado desde este jueves y hasta el 17 de abril inclusive, aunque se podrán prorrogar en función de la evolución de la situación epidemiológica en el municipio.

MEDIDAS NIVEL 3 REFORZADO

Las medidas del nivel 3 reforzado implican el cierre de hogares de jubilados y centros colectivos de sociedades recreativas y culturales, y se procede también al cierre de bares, restaurantes, cafeterías, pub y otros establecimientos similares, si bien se permitirá el servicio de reparto a domicilio dentro del margen horario permitido de movilidad.

Se procede al cierre, igualmente, de locales de juego y apuestas, bingos y establecimientos similares.

En el caso de centros sociosanitarios, se suspende de forma cautelar la actividad en los centros de día de personas mayores y personas con discapacidad y de servicios de estancias diurnas de personas mayores.

Quedan suspendidas las visitas sociales en residencias de mayores, centros para personas con discapacidad grave, viviendas tuteladas de mayores y centros residenciales sociosanitarios ni salidas salvo razones de fuerza mayor.

En cuanto a velatorios y comitivas fúnebres, se limitan a un máximo de seis personas, y se restringe el número de personas en eventos sociales tales como bodas y bautizos, y en los lugares de culto en espacios cerrados se limita la permanencia de personas con un 40 por ciento del aforo.

En el caso de lugares de culto en espacios al aire libre se deberá garantizar la distancia de seguridad interpersonal y el resto de la normativa higiénico sanitaria sobre prevención y contención de la covid-19, no debiendo superar el número máximo de cien personas.

Quedan suspendidas actividades colectivas de ocio, tales como espectáculos, eventos culturales, deportivos, taurinos u otros que puedan suponer la concentración de personas y no estén reflejados en los otros supuestos contenidos en estas medidas.

Las competiciones de ámbito federativo podrán celebrarse sin la presencia de público, y conforme a los protocolos en vigencia en cada caso y se precisa que ningún caso se podrá autorizar el traslado de estos eventos a otras localidades que se encuentren en un nivel inferior de medidas de restricción.

Las visitas guiadas a monumentos y lugares de interés cultural verán limitado el tamaño máximo de los grupos a seis personas.

Se procede al cierre cautelar de cines, teatros y auditorios y también cierre de Bibliotecas, Museos y Archivos y también se cierran gimnasios, saunas y otros recintos de práctica del deporte y la educación física, tanto en espacio abierto como cerrado (únicamente se podrá permitir su apertura para competiciones federadas en los términos establecidos), y cierre de las Piscinas Municipales y otras instalaciones de este tipo para uso recreativo público independientemente de su titularidad.

En mercadillos y mercados al aire libre deberán limitar el número de puestos instalados a un tercio del previamente establecido. Se deberá asegurar una distancia de seguridad entre puestos de al menos 4 metros.

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