El Sescam obligado a reincorporar a una trabajadora a la que se cesó tras baja

La afectada prestó servicios desde el 13 de enero al 9 der marzo de este año, momento en el que inició un periodo de incapacidad temporal, hasta el 29 de marzo, siendo cesada al día siguiente

La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF) ha conseguido una sentencia que condena al Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (Sescam) a reincorporar a una trabajadora a la que se cesó después de alegar que no había superado el periodo de prueba tras una incapacidad temporal.

La afectada prestó servicios desde el 13 de enero al 9 der marzo de este año, momento en el que inició un periodo de incapacidad temporal, hasta el 29 de marzo, siendo cesada al día siguiente, ha informado el sindicato este miércoles en un comunicado de prensa.

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.º 1 de Guadalajara destaca en su sentencia, en referencia al "trabajo efectivo", que la trabajadora trabajó el bimestre completo, es decir, el periodo de prueba menos cuatro días.

Y ha recordado al Sescam que la falta de desempeño durante los cuatro días se produce por causas ajenas a la voluntad de la trabajadora, como la enfermedad impeditiva, y no hay ninguna causa justificable para abordar que no ha desempeñado sus tareas sobre el periodo de prueba.

Para CSIF, tal y como ha fijado la sentencia, se han vulnerado gravemente los derechos laborales de esta empleada y "por extensión, muestra un proceder muy peligroso del Sescam, el cual genera temor entre el personal estatutario temporal a perder su puesto de trabajo en caso de enfermedad e incapacidad temporal".

La sentencia establece que el Sescam debe reponer a esta trabajadora a su puesto de trabajo con los efectos económicos y administrativos pertinentes.

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