Junta urge al administrador de la Cámara a presentar un plan de liquidación en un mes

Así las cosas, durante el periodo de liquidación, corresponderá al administrador independiente designado, la gestión y defensa de los intereses camerales, tal y como establece Ley de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de Castilla-La Mancha de 2017

La Consejería de Economía, Empresas y Empleo ha acordado la apertura de la fase de liquidación de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Guadalajara, el cese de la Comisión Gestora de dicho organismo y la encomienda de la actividad de liquidación al administrador independiente, que tendrá la obligación de presentar un plan de liquidación.

Dicho plan de liquidación, tal y como consta en la resolución del departamento que dirige Patricia Franco publicada este viernes en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha y recogida por Europa Press, tendrá que presentarse en el plazo de un mes desde el acuerdo de apertura de la fase de liquidación, que deberá ser autorizado por la Consejería de Economía, Empresas y empleo, quien asimismo supervisará su cumplimiento.

Así las cosas, durante el periodo de liquidación, corresponderá al administrador independiente designado, la gestión y defensa de los intereses camerales, tal y como establece Ley de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de Castilla-La Mancha de 2017.

De igual modo, la Consejería abre un plazo de diez días hábiles para que el Consejo de Cámaras Oficiales de Comercio e Industria de Castilla-La Mancha realice una propuesta para la asunción de los servicios establecidos en la Ley Básica de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de 2014, a fin garantizar su prestación a las personas físicas y jurídicas del ámbito territorial de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Guadalajara.

La presente resolución agota la vía administrativa, y frente a la misma los interesados pueden interponer recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses, ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, en los términos establecidos en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 1988.

Alternativamente, y de forma potestativa, se podrá interponer recurso de reposición ante la titular de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución, en los términos establecidos en el la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas de 2015.

ANTECEDENTES

La Consejería que dirige Franco recuerda, en la resolución de este viernes, que en fecha 12 de septiembre de este año el DOCM publicó otra resolución por la que se acordaba el inicio del procedimiento de extinción de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Guadalajara, en la que se determinaban los antecedentes de hecho y la fundamentación jurídica que resultaban de aplicación.

En fecha 19 de noviembre de 2018, tenía entrada en el registro de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo comunicación del secretario de la Comisión Gestora de la Cámara de Comercio, Industria y Servicios de Guadalajara, con el informe del administrador independiente donde se indicaba la existencia de un déficit patrimonial en dicha corporación, que hace inviable la continuidad de su actividad, con lo que se constata la situación que origino el inicio del proceso de extinción de la citada Cámara.

En esta comunicación, teniendo en cuenta la documentación aportada por el administrador independiente y las conclusiones del citado informe, la Comisión Gestora instaba a la Consejería de Economía, Empresas y Empleo a que proceda a la apertura de la fase de liquidación conforme a la Ley Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de Castilla-La Mancha.

En fecha 26 de noviembre se publicó en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha otra resolución de 20 de noviembre de la Dirección General de Empresas, Competitividad e Internacionalización, por la que se disponía dar audiencia a los interesados con carácter previo a la apertura de la fase de liquidación de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Guadalajara.

A la fecha de finalización de dicho trámite de audiencia previa, se recibieron alegaciones del secretario general de la propia Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Guadalajara y de la Cámara de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de España, las cuales han sido debidamente analizadas por la Dirección General de Empresas, Competitividad e Internacionalización, no encontrándose objeción fundada que desvirtúe la apertura de la fase de liquidación.

Comentarios