La CNMC multa al consejo general de la abogacía y al colegio de abogados de Guadalajara

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia ha multado al consejo general de la abogacía con 59.983 euros y al colegio de abogados de Guadalajara con 30.000 euros al infringir el artículo 1 de la Ley 16/1989 y el artículo 1 de la Ley 15/2007

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha multado al consejo general de la abogacía española con 59.983 euros y al colegio de abogados de Guadalajara con 30.000 euros al infringir el artículo 1 de la Ley 16/1989 y el artículo 1 de la Ley 15/2007, de Defensa de la Competencia, según ha informado la CNMC en un comunicado.

La CNMC cree que las manifestaciones realizadas por el consejo general de la abogacía española en varias reuniones y en una respuesta a la solicitud del defensor de pueblo infringen el artículo 1 de la Ley de defensa de la competencia sobre los requisitos del despacho y la residencia.

Por otro lado, a juicio de la CNMC, el artículo 2.1 del 'Reglamento de turno de oficio, asistencia al detenido o preso y derecho a la justicia gratuita' del colegio de abogados de Guadalajara es contrario a la Ley de defensa de la competencia.

Concretamente, este reglamento exige pertenecer al colegio para prestar servicios de asistencia jurídica gratuita en su demarcación territorial y establece requisitos de residencia y despacho profesional en una provincia y una experiencia profesional de 3 años en ejercicio efectivo para que un abogado pueda realizar su actividad.

Según la CNMC, estos requisitos compartimentan geográficamente el mercado y limitan la oferta de abogados que están colegiados en Guadalajara. Asimismo, considera que la experiencia profesional supone una barrera injustificada de acceso al turno de oficio para abogados recién colegiados.

Asimismo, la CNMC ha puesto en conocimiento esta interpretación ante los diferentes colegios territoriales que están presentes en sus órganos de gobierno y comisiones con el objetivo de homogeneizar la conducta de los colegios.

Además, ha obligado tanto al colegio general de la abogacía española como al colegio de abogados de Guadalajara a que en un futuro se abstengan de llevar a cabo conductas similares y les ha ordenado que difundan entre sus asociados un texto íntegro de esta resolución en sus páginas web oficiales.

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